El PP pide a Pumpido apartarse de deliberar la amnistía porque su mujer se pronunció en el CGPJ
Pese a que el pleno del Tribunal Constitucional ya rechazó por mayoría la recusación del presidente, el partido trata de poner en duda su legitimidad para examinar el recurso contra el borrado penal del 'procés'
El Partido Popular busca poner el foco en el próximo debate que comenzará en el Tribunal Constitucional (TC) para analizar su recurso contra la ley ... de amnistía, que supuso el borrado penal del 'procés'. El partido vuelve a señalar a su presidente, Cándido Conde-Pumpido, para que se abstenga del pleno que deliberará sobre la legalidad de la norma, previsto para el próximo 24 de junio.
El argumento de los populares es que su esposa, la magistrada Clara Martínez de Careaga, participó en un informe sobre la amnistía como vocal durante el anterior mandato del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Un parentesco por afinidad que, según sostienen fuentes del PP, sería motivo «indiscutible» de abstención o recusación.
Sin embargo, el incidente de recusación de Conde-Pumpido ya fue debatido, votado y rechazado por una mayoría de los magistrados en un pleno específico del TC. Por lo tanto, esta ofensiva de la formación de Alberto Núñez Feijóo obedece más bien a su intento de poner en cuestión la legitimidad del presidente y, por ende, de la sentencia que salga a finales de junio sobre su recurso, según trasmiten fuentes del órgano.
No obstante, el PP trata de revestir ahora su petición asumiendo los argumentos empleados en la recusación del magistrado conservador José María Macías, quien fuera vocal del anterior Consejo a propuesta del Grupo Parlamentario Popular. Consideran que en su caso se alteró la doctrina de la propia corte de garantías, por lo que entienden que «este cambio de interpretación» debe extender sus efectos al resto de sus miembros, comenzando por Conde-Pumpido.
El pleno apartó a Macías porque participó en la elaboración y aprobación del informe del CGPJ sobre la ley de amnistía -con comentarios públicos además sobe su inconstitucionalidad- y como vocal pudo «tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad».
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