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La lista de nombres prohibidos para los bebés. E.C.

Los nombres que, por ley, no puedes poner a tus hijos

Los padres disponen de ocho días para inscribir al recién nacido en el registro, sino la autoridad pasa a un funcionario

Carla Coalla

Gijón

Viernes, 4 de noviembre 2022, 02:39

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Aunque son varios los nombres que, año tras año, continúan estando entre los más elegidos para nombrar a niños y niñas, cada vez más padres y madres optan por salirse de la norma. Nombres que se refieren a personajes famosos, a series de televisión, a lenguas extranjeras, incluso a sustantivos comunes que se adaptan a esta nueva función. Pero aún hay algunos que están prohibidos por ley, en concreto, una Ley de Registro Civil fechada en 1957.

Así lo ha puesto de manifiesto la sentencia de una jueza en Vitoria que se ha negado a aceptar el nombre propuesto para una niña por sus progenitores, llegando a amenazarlos con ser ella misma la que se encargue del trámite de no acordar un nombre permitido. Y es que a pesar de que ya no existe la norma de que solo se permiten nombres cristianos, como ocurría antiguamente, sí que hay determinadas limitaciones.

Se permiten los nombres comunes, abstractos, mitológicos, legendarios, artísticos, geográficos apropiados para designar persona, de fantasía y de personajes históricos. Así como los diminutivos o variantes familiares y coloquiales. Incluso se pueden tomar nombres de personajes o series de televisión, como demostró el furor provocado por el éxito de Juego de Tronos, pero, sin embargo, no se permiten nombres como Stalin, Caín, Judas, Hitler, Lucifer, Osama Bin Laden, debido a las connotaciones que llevan implícitas.

Tampoco se puede acudir a nombres de personajes famosos como Leo Messi o Rocío Jurado. La citada ley también recoge la prohibición de poner más de dos nombres simples, ni más de uno compuesto. Tampoco está permitido nombrar a sus hijos con idénticos apellidos con los mismos nombres, a excepción de que uno haya fallecido. En este sentido, también es importante recordar que no se puede nombrar con acrónimos, ni con nombres que puedan generar confusión a la hora de identificar a la persona en cuestión.

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