Condenan a nueve personas por interrumpir un acto del Principado en Oviedo
M.A.A.C., al que identifican como cabecilla del grupo, ha sido condenado a una multa de 240 euros
EFE
Martes, 24 de septiembre 2019, 15:58
La juez ha condenado a cuatro meses de prisión a nueve de las diez personas a las que se imputaba un delito de desórdenes públicos por interrumpir un acto privado organizado por el Principado en un hotel de Oviedo para mostrar su apoyo a trabajadores afectados por un conflicto laboral y ha absuelto a los diez de un delito leve de amenazas.
La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado a M.A.A.C., al que identifica como cabecilla del grupo, a una multa de 240 euros por un delito leve de maltrato de obra, por el empujón que propinó a una representante de la dirección del hotel que intentó impedir que los acusados accedieran al salón donde se celebraba el evento.
La magistrada-juez ha declarado probado que, el 11 de enero de 2018, los acusados se dirigieron atravesando las dependencias del hotel hasta uno de los salones donde la Consejería de Empleo, Industria y Turismo del Principado había organizado un acto privado para presentar las actividades que tendrían lugar en la Feria del Turismo (FITUR).
En ese momento, la representante de la dirección del hotel pidió por conducto interno al personal que estuviera alerta ya que en ocasiones anteriores había habido manifestaciones por la conflictividad laboral existente entre el comité de empresa del hotel de la Reconquista y la empresa Hotusa, adjudicataria de su gestión.
El grupo entró en el salón al grito de «Raquel somos todas», en apoyo a Raquel A., expresidenta del comité de empresa, mientras desplegaban una pancarta y uno de los acusados, M.A.A.C., empujó a la directiva cuando ésta se interpuso en su camino, golpeándose con una ménsula, sin resultar lesionada.
M.A.A.C. tomó la palabra a continuación e interrumpió el acto para mostrar el apoyo a los trabajadores afectados por el conflicto laboral.
La magistrada-juez considera que nueve de los diez acusados incurrieron en un delito de desórdenes públicos, al causar con su conducta una «perturbación relevante de la paz pública y de su actividad normal», al optar por procedimientos «al margen de las reglas democráticas de convivencia».
Sin embargo, ha acordado absolver al décimo acusado, M.A.Y.L., al considerar acreditado que abandonó el establecimiento hotelero instantes después de que sus compañeros accedieran al salón donde se realizaba la presentación oficial de los actos de Fitur.
Asimismo, ha condenado a M.A.A.C. por un delito leve de maltrato de obra al apreciar que no causó lesión alguna al propinar un empujón a la representante de la dirección que trataba de impedir que el grupo de acusados accediera al interior del salón donde se realizaba el acto.
La sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.