El propietario del chalé de Salinas solicita la inejecución de la sentencia
Afirma que llevar a efecto el fallo que anula la licencia de obra concedida por el Ayuntamiento «carece de sentido legal y resulta absurdo y antieconómico»
José Fernando Galán
Jueves, 3 de diciembre 2015, 00:43
José Aurelio Rivero, propietario del chalé que realizó obras de ampliación amparándose en una licencia municipal posteriormente declarada nula por el juez a raíz de una denuncia presentada por su vecino, solicita la inejecución de la sentencia que obliga a restituir el inmueble a su estado anterior, lo que en la práctica, sostiene, supondría su total demolición.
Llevarla a efecto «carece de sentido legal y resulta absurdo y antieconómico», dado que «podría reconstruirse exactamente igual y con mayor edificabilidad aún, como acreditan los propios técnicos municipales», argumenta en un escrito en el que rechaza el incidente de ejecución, dictado en base a un informe redactado por técnicos municipales.
Ese informe ofrece dos salidas. La primera consiste en realizar una serie de derribos que la alcaldesa, Yasmina Triguero, califica de «poco significativos» y que, según el propietario, significaría demoler la totalidad de la ampliación.
La segunda, que consideraría la reforma como vivienda nueva, «resulta incongruente y sorprendente. Conllevaría demoler la ampliación de las fachadas principal y de la parte derecha, precisamente lo que ha propuesto el demandante al Ayuntamiento», a quien acusa de plantear la ejecución de sentencia que rechaza «como conclusión obligada tras ceder a presiones». A partir de ahí, Rivero reitera su determinación de reclamar daños y perjuicios al Ayuntamiento, a la postre contra quien se ha dictado el fallo por conceder una licencia de obras contraria a derecho, y subraya que ha sido el propio Juzgado Contencioso Número 6 quien ha invitado a presentar la inejecución de sentencia que solicita.
La resolución judicial se fundamenta en que la ampliación de la vivienda, sita en la calle Alejandro Casona de Salinas, se ejecutó una vez expirado el plazo de ocho años que contempla el Plan General de Ordenación Urbana aprobado en 2001 para acometer obras de esta naturaleza. Tras conocerse la sentencia, y ante la certeza de que un buen número de viviendas del concejo también han realizado obras similares fuera del plazo, y por tanto son susceptibles de ser declaradas ilegales, el Pleno municipal revocó la norma, decisión cuya entrada en vigor está a expensas de que la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA) complete la tramitación. El demandante, única persona que presentó alegaciones , solicitó la nulidad de dicha modificación alegando que el cambio se realizó «a efectos de pretender eludir el cumplimiento de las sentencias, de forma arbitraria y con evidente perjuicio para mí». También acusó a los técnicos municipales de «plegarse a intereses partidistas y particulares».