Las restricciones ya se aplicaban ya en Asturias, salvo en el caso de las playas
El Gobierno asturiano fue uno de los primeros en aprobar la obligatoriedad de su la mascarilla, el 14 julio del año pasado
El debate sobre el uso de la mascarilla ha dado muchas vueltas desde el inicio de la pandemia. En un primer momento, hace más de un año que ya parece lejos, ni siquiera era obligatorio su uso y prácticamente se limitaba a considerarse una recomendación. Con el avance de la primera ola y la implosión en el número de casos, esta empezó a ser necesaria en determinados espacios, por ejemplo, los supermercados. Pero llegó el verano y, con el fin del estado de alarma, su regulación quedó en manos de las comunidades autónomas. Asturias fue una de las primeras en establecer la obligatoriedad. Del lado contrario, Madrid esperó como quien dice al tiempo de descuento, y pospuso esta decisión hasta ser la última en hacerlo.
La norma asturiana del 14 de julio se endureció mediante una publicación en el BOPA el 18 de noviembre. Allí ya se especificó que la mascarilla se hacía obligatoria en cualquier espacio al aire libre en el que no sea posible garantizar una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, así como en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
Además, esa norma -que ya recogía el uso obligatorio para niños mayores de seis años- especificaba determinados ámbitos donde se haría obligatoria aunque se garantizase la distancia de un metro y medio de distancia. Por ejemplo, vías públicas de las ciudades, espacios cerrados de uso público que se encuentre abierto al público o centros laborales. Ya en enero de este año se añadió la prohibición de fumar en las terrazas de los establecimientos de hostelería, «sin ningún tipo de excepción» y también se prohibió el hacerlo en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de dos metros. Lo que siempre quedó en el aire fue lo que ahora será novedad, fumar en playas o piscinas, que la ley viene a incorporar como principal novedad.
Desde Delegación de Gobierno avanzan que los cuerpos y fuerzas de seguirdad seguirán velando por el cumplimiento de la nueva ley «como lo han venido haciendo durante toda la pandemia».