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La mujer, a la salida de uno de los juicios. M. A.

La Audiencia absuelve a la madre y el hijo de Hermanos Soria, en Avilés, del delito de coacciones

Le mantiene el de acoso a sus vecinos y rebaja la condena de cárcel a tres meses y la prohibición de volver a su piso a dos años

R. D.

AVILÉS.

Jueves, 1 de julio 2021, 01:30

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha estimado en parte el recurso presentado por la defensa de la madre y el hijo condenados por coacciones y acoso a sus vecinos en la calle Hermanos Soria, en Avilés. De esta forma les absuelve del delito de coacciones y rebaja la condena a prisión de nueve a tres meses. También reduce la prohibición de volver a residir en su piso y de acercarse a sus vecinos de tres a dos años para cada uno de ellos.

Según se recoge en la sentencia sobre los delitos de coacciones, «en los escritos de acusación no se ha concretado de forma clara y determinada los días y fechas en que se produjeron los actos coercitivos, ni las personas contra las que se perpetraron, incidentes que en algunos casos y según reconocieron los perjudicados en el acto del plenario con gran sinceridad, ya fueron objeto de sanción»

Sin embargo, entiende la Sección Segunda de la Audiencia que ha quedado probado el delito de acoso. Concretamente señala que «la vigilancia, persecución, aproximación, establecimiento de contactos incluso mediatos, han sido insistentes y reiterados lo que ha provocado una alteración grave del desarrollo de la vida cotidiana de numerosos vecinos, que se vieron obligados a modificar sus rutinas o hábitos, incluso a abandonar el domicilio, conducta que se ha prolongado en el tiempo (,,,) apreciándose la voluntad de imponer un patrón de conducta sistemático de acoso con vocación de perpetuación temporal, perturbando de forma sistemática los hábitos y forma de vida de la víctimas, haciéndoles imposible la convivencia».

La defensa también había recurrido la sentencia condenatoria alegando vulneración del derecho de defensa y principio acusatorio, algo que la Audiencia niega que se produjera; y la no valoración de la prueba de descargo, planteamiento también desestimado por la Sección Segunda.

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