La importante aclaración de la Seguridad Social a las mujeres embarazadas
Las trabajadoras fijas discontinuas permanecen dadas de alta durante los períodos de inactividad y tienen derecho a la prestación de nacimiento
La prestación por nacimiento y cuidado del menor puede plantear dudas en los casos en que la situación laboral tiene alguna peculiaridad. Por ejemplo, en el supuesto de las trabajadoras que tienen un contrato fijo discontinuo, tanto con jornada parcial como completa. Es decir, existe una discontinuidad en el ejercicio del trabajo.
Algunas empresas tienen la necesidad de adaptar sus plantillas durante los distintos meses del año (Navidad, verano...), por lo que no se trabaja todo el año pero cuando se reincorporan a su actividad no firman un nuevo contrato ni son nuevamente dadas de alta. Por ejemplo, el socorrista de una piscina desarrollará su trabajo solo durante la temporada en que la piscina esté abierta al público, pero su contrato es estable.
El Gobierno ha querido aclarar a través de Twitter si tienen o no derecho a la baja y la correspondiente prestación en el caso de dar a luz o adoptar a un menor de seis años durante el tiempo en que no están trabajando.
#Duda "Voy a tener un hijo cuando tengo que incorporarme al trabajo como fija discontinua"
Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) October 26, 2021
👉Los periodos entre campañas se consideran en situación asimilada al alta para la prestación de nacimiento.
📌La cobrarás desde el día en el que tuvieras que incorporarte al trabajo.
En la publicación aclaran que «los periodos entre campañas se consideran en situación asimilada al alta para la prestación de nacimiento». Por lo tanto, dado que estar dada de alta en la Seguridad Social es un requisito para recibir la prestación, no tiene importancia en qué período nazca el niño. Además, deberán tener cubierto un período mínimo de cotización, que varía en función de la edad. El Gobierno también informa a las madres que la prestación se cobrará desde el día en que tendrían que incorporarse al trabajo.
Más noticias
El trabajador fijo discontinuo que está en el periodo de inactividad está en situación legal de desempleo. No se ha roto su contrato con la empresa, únicamente está en suspenso durante los meses de inactividad y en ese estado, se le considera en paro y podría cobrar la prestación por desempleo.