Despedida una trabajadora por llevar a su marido a ayudarla a limpiar una oficina en Gijón
El TSJA declara el despido improcedente por no avisar antes que no podía ir acompañada. Desde la oficina limpiada denunciaron la desaparición de 800 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara improcedente el despido de una limpiadora de Gijón a la que echaron por acudir a su puesto de trabajo con su marido, quien le ayudó a barrer y a fregar una oficina. Considera el tribunal de la Sala de lo Social que la empleada en cuestión desconocía que no pudiera ir acompañada, ya que con anterioridad sus jefes no se lo habían comunicado.
Es por ese motivo por el que se estima parcialmente el recurso de apelación y se revoca la sentencia de primera instancia, que daba la razón a la empresa en cuanto al despido. Deberá indemnizarla con 19.000 euros.
Se da la circunstancia de que de forma paralela los propietarios de la oficina a la que la limpiadora acudió con su marido denunciaron en la Comisaría de la Policía Nacional la sustracción de 800 euros justo los días en los que las cámaras de seguridad recogieron la presencia de la mujer de la limpieza y de su marido, a quien se observa «como barre la oficina con una escoba, pasa el plumero y limpia el suelo con una fregona». Esa denuncia sigue por vía penal. La limpiadora estuvo representada por el abogado Alberto Rey.
En relación al despido, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) recoge que «la persona trabajadora ha de conocer los hechos que le imputa la empresa para despedirla y poder defenderse adecuadamente».
«La carta de despido no hace referencia a la existencia de advertencias previas por la empresa de la imposibilidad de realizar las labores de limpieza ayudada por terceras personas ajenas», abunda la resolución judicial.