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Gaspar Meana

El respeto al hecho religioso en la Constitución española

Algunos verían con satisfacción que se derribase una de las cruces más altas del mundo, situada en el llamado Valle de los Caídos

Jueves, 19 de junio 2025, 18:55

Hay en nuestra Constitución Española de 1978 un articulo, el 16, que en su apartado 3 , y en su primer punto, nos dice: «Ninguna confesión ... tendrá carácter estatal», palabras que sin duda darán satisfacción a unos y disgustarán a otros. Pero a continuación se hace una precisión. «Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica –citada expresamente– y las demás confesiones». Algún diputado no debió ver con buenos ojos, tales «relaciones de cooperación» haciéndole decir, en una de las sesiones, que aquella expresión podría constituir una «confesionalidad solapada».

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