El TSJA ratifica la condena de Jorge Cue por el homicidio de David Carragal
Desestima el recurso del llanisco, que solicitaba la nulidad del juicio, y absuelve a sus dos amigos del delito de omisión de socorro
A. ARCE
OVIEDO.
Viernes, 29 de octubre 2021, 02:36
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por Jorge Cue y ratificado su condena de doce años de prisión y el pago de una indemnización 72.500 euros como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio tras propinar una brutal patada en la cabeza al maestro pixueto David Carragal, de 33 años, en el fin de fiestas de La Florida de 2019. Una agresión que le tuvo postrado durante seis días en la UCI del HUCA hasta su fallecimiento.
El magistrado Ignacio Vidau Argüelles, ponente de la sentencia, no ha atendido a ninguno de los ocho puntos del recurso presentado por la representación legal del joven, de 21 años, ejercida por el letrado Jorge García, quien había solicitado durante la vista de apelación celebrada a principios de este mes la nulidad de la sentencia de la Audiencia Provincial, del juicio y del propio veredicto del jurado popular, alegando, entre varios motivos, un posible quebrantamiento de las garantías procesales y del derecho de Cue a la presunción de inocencia.
La sentencia, sin embargo, sí estima el recurso presentado por los otros dos jóvenes, amigos del llanisco, que habían sido condenados a sendas multas de 2.250 euros por omisión del deber de socorro, tras huir de la escena cuando Carragal permanecía en el suelo, y declara su libre absolución. En este punto, los magistrados exponen que, aunque «ciertamente el comportamiento de los dos acusados se puede calificar sin exageración alguna de deleznable y merecedor de un severo reproche social», no puede ser incardinado en el tipo penal de la omisión del deber de socorro, porque «no concurre el esencial elemento de la situación de desamparo del agredido precisado de ayuda», manifiestan.
En ese sentido, el fallo se alinea con la petición de la fiscal, quien aclaraba en su escrito que «en el visionado de las pruebas testificales» se comprueba que el maestro pixueto «fue agredido en presencia de otras cuatro personas que, con carácter inmediato, llamaron al 112 y a la Policía y pusieron al instante todos los medios a su alcance para auxiliar al agredido».
El relato de hechos probados, ahora ratificado, expone que en la noche del 11 de junio de 2019 el llanisco y sus amigos, R. B. D. y A. S. S., se acercaron a la víctima y a dos mujeres que iban con él, ambas enfermeras, para pedirles de forma «insistente» tabaco y mechero. Se encontraban en el paso de peatones del Paseo de La Florida. Tras recibir una negativa, «Cue le propinó una fuerte patada en la parte derecha de su cabeza que le hizo caer de espaldas, inconsciente y a plomo». Murió a los seis días a causa de sus graves lesiones. El letrado de la familia, Ángel Bernal, respondía en la vista de apelación que «a nadie en su sano juicio este hecho le podría parecer un accidente».
Ahora, la sentencia, que no es firme, podrá ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.