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José Luis Ábalos, exministro de Transportes, y su exasesor Koldo García EP

El juez cita a Ábalos y a Koldo para aclarar los ingresos «opacos» señalados por la UCO

El instructor del Supremo Leopoldo Puente, que no pide al PSOE ninguna aclaración sobre los pagos al exministro, quiere conocer por qué el asesor administró las cuentas de su jefe

Lunes, 6 de octubre 2025, 12:07

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha citado de nuevo a declarar como investigados al exministro José Luis Ábalos y a quien fue ... su asesor Koldo García para los próximos 15 y 16 de octubre, respectivamente. El instructor toma esta decisión a la vista del informe de la UCO de la Guardia Civil del pasado viernes sobre la situación patrimonial del extitular de Transportes y su vinculación económica con García, que haría las veces de administrador de los pagos e ingresos de su jefe.

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En un auto conocido este lunes, el juez instructor señala que el informe de la UCO «viene a profundizar en los indicios de criminalidad que ya constaban en el presente procedimiento con relación a ambos investigados, quienes pudieran haber mantenido entre sí métodos no transparentes de comunicación de sus respectivos patrimonios, recibiendo indistintamente ingresos irregulares y opacos de diversa procedencia, eventualmente fruto de la comisión de los graves ilícitos penales que se les atribuyen».

El magistrado explica que del informe policial referido «resultan consistentes indicios, a partir de la documentación recabada en esta causa especial y analizada por la fuerza actuante, de que entre los patrimonios de los investigados podrían existir significativas zonas de intersección, de tal modo que este último vendría haciéndose cargo regularmente de pagos que corresponderían al primero (tales como la pensión alimenticia de uno de sus hijos, nóminas de su empleada doméstica, regalos efectuados por éste a sus amistades, cuotas hipotecarias de un inmueble copropiedad de Ábalos, viajes y otros gastos personales realizados por orden de éste), alcanzando dichos pagos un importe verdaderamente significativo en términos económicos».

Sin embargo, agrega la resolución, «del análisis de las cuentas bancarias de Ábalos no resulta la existencia de contrapartidas en favor de García que pudieran compensar la realización de dichos gastos, en principio, enteramente ajenos a la responsabilidad de éste. De ese modo, indiciariamente resulta que, o bien Koldo realizaba dichos pagos, en provecho y beneficio de Ábalos, sin contrapartida explícita alguna; o bien Ábalos le habría devuelto a aquél las cantidades adelantadas en dinero metálico o de otro desconocido modo».

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«Fuente irregular de ingresos»

Igualmente, según el juez, aparece así indiciariamente justificado que Ábalos «pudiera haberse beneficiado de alguna fuente irregular de ingresos, lo que se compadecería con las recepciones ilícitas de dinero en metálico que indiciariamente se le atribuyen en esta causa especial y con la circunstancia de que dichas cantidades de dinero le fueran entregadas para ambos a Koldo García por un tercero o por varios- quien después, de un modo u otro, asumiría una significativa parte de los gastos correspondientes» al exministro.

En esa misma dirección apunta la circunstancia, también reflejada en el informe de la UCO, relativa a que, consultada la información bancaria correspondiente a Ábalos, éste, desde el año 2018 y hasta 2023, no habría realizado reintegro de efectivo alguno de sus cuentas bancarias (frente a lo que, ordinariamente, había venido sucediendo hasta entonces y volvió a producirse a partir del año 2024).

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Para el juez, «dichos indicios no parecen compadecerse con las manifestaciones de Ábalos o en la primera de las declaraciones que dejó prestadas ante este instructor, respecto a que su relación con Koldo García no pasaba de la ordinaria entre un ministro con uno de sus varios asesores, por más que éste último asumiera la realización de ciertos encargos domésticos (ir a buscarle tabaco al ministro o a comprarle medicinas, puso Ábalos como ejemplo)».

Junto a lo señalado, el instructor indica que constan también en el mencionado informe policial circunstancias relativas a otros extremos, vinculados también con el patrimonio de Ábalos, que deben ser puestas en su conocimiento, al efecto de que dispongan igualmente de la posibilidad de responder a las preguntas que al respecto pudieran serles formuladas. En este marco, el juez no hace referencia alguna en el auto a la información aportada a la causa por el PSOE sobre los pagos realizados a su exsecretario de Organización en su condición de diputado y alto cargo del partido. Tampoco reclama aclaración alguna sobre los abonos en metálico, mediante sobre, de gastos de representación y que la UCO señala por un descuadre de unos 500 euros en uno de los registros.

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El juez concluye que los indicios conocidas ahora resultan de interés, tanto en relación con la presente causa especial como con respecto a los hechos que conforman la pieza separada que abrió el pasado 23 de septiembre para investigar lo relativo a las adjudicaciones presuntamente ilícitas de obras públicas, razón por la cual deberá llevarse a ésta testimonio de la presente resolución, pudiendo comparecer a las nuevas declaraciones del 15 y el 16 de octubre quienes ostentan la condición de parte en una y otra causa.

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