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El gobierno local busca la fórmula de cumplir la sentencia sin perjudicar a las empresas

La decisión judicial implica que deben reingresar el dinero al Ayuntamiento para volver a recibirlo tras el nuevo procedimiento

F. B.

Miércoles, 14 de junio 2017, 03:25

El gobierno municipal aseguró ayer que analiza «la sentencia para encontrar la fórmula que permita cumplir y no generar un perjuicio a los proveedores, que ya han prestado los servicios correspondientes y cobrado por ello».

El auto judicial afecta a pagos a empresas por valor de 180.421 euros en veinte facturas. La sentencia declara nula la decisión del Pleno municipal que en diciembre de 2016 reconocía la existencia de los servicios y obligaba al Ayuntamiento a pagarlos a pesar de que no hubiese existido un contrato o consignación presupuestaria para ellos. La aplicación de la sentencia implica que las empresas afectadas deben reintegrar el dinero al Ayuntamiento de Avilés y que éste deberá iniciar el proceso de declaración de nulidad y, al tiempo, el expediente de compensación o indemnización para devolverles la cantidad debida.

En esta situación, los técnicos municipales barajan todas las posibilidades, incluyendo un más que probable recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, con el objetivo de generar el menor daño posible a las empresas. Las facturas en cuestión son de importes variables que van desde los 470,65 a los 23.088,39 euros.

La ejecución de la sentencia obligaría a un primer trámite para reclamar el dinero o constatar la devolución de manera voluntaria. Posteriormente, habría que iniciar el proceso fijado por el juez.

Victoria parcial

El Contencioso planteado por Somos Avilés recurría dos decisiones concretas. Por una parte, la aprobación de los Reconocimientos Extrajudiciales en el Pleno de diciembre de 2016 y, por otra, el decreto de alcaldía de abril de 2016 que fijaba la Instrucción para el reconocimiento de crédito.

Somos planteó la nulidad de un artículo, si bien la sentencia no llega a pronunciarse sobre esa cuestión. Rechaza la petición de Somos por una cuestión de plazos y de procedimiento, asumiendo totalmente los planteamientos del letrado municipal.

Así, se indica que el grupo municipal fue informado de la aprobación del decreto en mayo de 2016 sin que lo impugnase por la vía administrativa hasta septiembre de 2016. «Sin necesidad de examinar los otros motivos (...) procede a declarar la inadmisibilidad del recurso», señala el auto.

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