«Antes, el médico era Dios y ahora solo se dedica a informar al paciente»
«La mayor indemnización impuesta al sistema de salud asturiano fue de 962.000 euros. Fue por el diagnóstico tardío de una meningoencefalitis»
LAURA FONSECA
Sábado, 3 de junio 2017, 01:08
Médico, inspector, experto en Derecho Sanitario, exdirector provincial del Insalud, presidente de la Comité de Bioética de Asturias, miembro del Consejo Asesor de Sanidad del Principado y profesor colaborador asociado de la Escuela Nacional de Salud. Son algunas de las muchas y diferentes responsabilidades que jalonan la carrera de Sergio Gallego (Oviedo, 1955), que el próximo jueves ingresará como académico de número (ya era 'correspondiente' desde el año 2000) en la Real Academia de Medicina del Principado. Casado, con tres hijos, y con el corazón dividido a partes iguales entre la capital asturiana y Luanco, Gallego se confiesa poco futbolero, de ahí que sea capaz de hacer afición por el Oviedo, el Sporting y hasta el Real Madrid. Su segunda entrada académica tendrá lugar en el Colegio de Médicos, en Oviedo, a las ocho de la tarde del 8 de junio, donde hablará sobre el origen y la consolidación de la responsabilidad en el sistema sanitario y de cómo hemos pasado de un modelo paternalista a otro que trabaja prácticamente a la defensiva.
¿De cuándo datan las primeras sentencias sanitarias?
En 1860 ya se encuentran las primeras sentencias.
Desde entonces, ¿cuál fue el rumbo?
Hemos asistido a un cambio brutal, tanto organizativo como legal. Hubo una traslación de la responsabilidad del personal sanitario a las instituciones. Al principio se condenaba primero al médico o al sanitario y luego, si acaso, a la Administración; pero eso ahora ya no es así.
¿Cuál fue el punto de inflexión?
El cambio no se produjo de un día para otro, pero el punto de inflexión fue la macrohuelga médica de 1995. Los médicos se plantaron porque estaban hartos de que los brearan en los tribunales y, en muchos casos, no por culpa de ellos, sino a consecuencia del sistema organizativo.
¿Cuál es la mayor indemnización que tuvo que afrontar el sistema sanitario asturiano?
Fue una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias por valor de 962.000 euros. Fue por un retraso en diagnosticar a un niño que sufrió meningoencefalitis. La sentencia se basa en que no fue visto por un pediatra hasta que se desarrolló el cuadro y no inicialmente, cuando acudió por urgencias, a pesar de ser un hospital con pediatras de guardia.
Antes valía con la palabra del paciente cuando se iba a operar, pero ahora hay que reflejarlo todo por escrito, ¿verdad?
Eso fue a partir de 2002 con la Ley de Autonomía del Paciente, que estableció que el enfermo tiene derecho a la información y que hay que dejar constancia en la historia clínica de todos los actos médicos, además de elaborar un consentimiento informado. A esa ley se llegó por una sentencia del Supremo que en 1994, por primera vez, dijo que había que invertir la carga de la prueba y que era el médico el que tenía que demostrar que informaba al paciente.
¿A qué caso se refería el Supremo?
Al de un hombre que se había sometido a una vasectomía y cuya mujer quedó embarazada. El médico adujo que le había informado de que tras la vasectomía no podía mantener relaciones sexuales hasta que un espermiograma confirmara su nula fertilidad. Sin embargo, el paciente alegó que no había sido informado de tal circunstancia. Total, que el Supremo condenó al médico argumentando que nadie puede probar lo negativo, es decir, que un paciente no puede probar que no se le dio tales indicaciones, pero el facultativo sí puede demostrar que informó.
¿No cree que se pasó de un sistema paternalista a otro muy defensivo, que encarga pruebas y tratamientos para no pillarse los dedos?
Hemos pasado de un sistema en el que el médico era Dios a otro modelo autonomista en el que es el paciente el que toma las decisiones y el facultativo se dedica a informar.
¿Es necesario un punto medio?
Claro, cómo voy a decidir como paciente qué opción terapéutica es mejor para operarme de un cáncer cerebral. ¡Es de locos! Si hasta cuando vamos a un restaurante nos dejamos asesorar por el camarero, mucho más cuando se trata de algo tan delicado y complejo como la salud. Está bien que el paciente intervenga, pero no hace falta irse al otro extremo. Lo explica muy bien un cirujano inglés que propone avanzar hacia la figura del médico interpretativo.
¿Y en qué consiste?
Pues en que el médico, en función de la escala de valores del paciente y con la información disponible, le ayuda a tomar la mejor decisión posible.
Ya que hablamos de pacientes, despéjeme una duda: ¿de quién es la historia clínica, del enfermo o del hospital?
Menudo asunto. Solo Valencia y Galicia se han atrevido a decir de quién es la historia clínica, y ambas han concluido que es del centro sanitario donde se elabora. No obstante, lo fundamental no es de quién es ese documento, sino el uso que se hace de los datos que hay en él.
Y entonces, ¿a qué tiene derecho el paciente?
Pues a que el centro custodie sus datos, a acceder a la historia clínica, a que se eliminen determinados datos que no tengan trascendencia clínica... Hubo un paciente, por ejemplo, que reclamó que se quite de su historia que había tenido un accidente de tráfico y no llevaba cinturón de seguridad. Ganó la sentencia porque el tribunal entendió que no era un dato clínico trascendente.
Y un aborto, ¿también se puede quitar de la historia?
En eso ya hay legislación. La interrupción del embarazo es un dato que no debe aparecer en la historia clínica, debe mantenerse oculto y solo se accedería a él si fuera necesario por un proceso judicial.
¿Al paciente hay que informarle siempre, aunque no quiera?
No, el paciente tiene tanto derecho a ser informado como a no serlo.
Lleva usted el registro de últimas voluntades conocido como de Instrucciones Previas. ¿Cuántos asturianos las han solicitado?
Hacemos unas 500 instrucciones previas cada año y ahora mismo tenemos unas 6.000 activas.
¿Se pueden hacer en un centro de salud?
El formulario se puede bajar de la página de Astursalud y luego ese documento se tiene que certificar ante notario o ante dos testigos. Una vez firmado, se puede tramitar ante la Consejería de Sanidad a través de los centros de salud. Vale enviarlo con una fotocopia compulsada del DNI del solicitante y de los testigos.
La gente, ¿qué pide?
Lo que viene recogido en el documento, que es que no se apliquen medidas clínicas innecesarias cuando el proceso sea irreversible.
¿Usted lo tiene hecho?
Sí, claro.
¿Y qué pidió? ¿Que al morir le envuelvan en la bandera del Marino de Luanco?
(Carcajadas).