Borrar
La Audiencia Provincial de Oviedo condena a la madre, abuela y el tío de un menor por abuso sexual y maltrato

La Audiencia Provincial de Oviedo condena a la madre, abuela y el tío de un menor por abuso sexual y maltrato

Las penas impuestan oscilan entre los ocho años y los 22 meses de prisión

EFE

Sábado, 17 de octubre 2020, 11:12

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a la madre, la abuela y a un tío de un menor de edad a penas que oscilan entre ocho años y un día y veintidós meses de prisión por haberle infligido malos tratos y abusar sexualmente de él.El tribunal de la Sección Segunda ha impuesto la pena más elevada de ocho años y un día de cárcel a la madre del menor, que perderá el ejercicio de la patria potestad durante cuatro años por su autoría en sendos delitos de abusos sexuales y maltrato habitual.

La Audiencia ha declarado probado que la madre insultaba y agredía habitualmente al niño propinándole bofetadas y golpes en una conducta que era «reiterada» y que llegó a convertirse en «una pauta de comportamiento». La abuela conocía la situación y presenciaba las continuas agresiones físicas, sin hacer nada para evitarlo o incluso propiciando esa conducta, tal y como mantuvo la Fiscalía durante el juicio que sentó en el banquillo a los tres familiares.

La sentencia recalca que la abuela, que vivía habitualmente con el menor, incluso permitía el acceso a la vivienda de la madre del pequeño, «asumiendo que podía pegar al menor, como así sucedía». A los golpes e insultos que profería contra el menor se sumaban, según consta en la resolución, los tocamientos a los que le sometía «en repetidas ocasiones». Igualmente, el tío del menor también abusó del pequeño al menos en una ocasión, según refleja el fallo de la Sección Segunda.

Todas estas situaciones han provocado que el menor, que actualmente tiene 12 años, presente secuelas psicológicas.

La Sala ha impuesto a la madre, además de los ocho años y un día de cárcel, la privación de la patria potestad, sendas prohibiciones de acercarse a su hijo a menos de 500 metros y de comunicarse con él por cualquier medio durante diez años, seis meses y un día.

Asimismo, la acusada será inhabilitada para cualquier profesión u oficio relacionado con menores durante ocho años y seis meses, tendrá prohibido portar armas durante cuatro años y un día y una vez que cumpla la pena de prisión estará sometida a libertad vigilada durante cinco años.

Además, la madre ha sido condenada a pagar una indemnización de 10.000 euros a su hijo por los daños morales causados.

La abuela ha sido condenada como cooperadora necesaria por un delito de maltrato habitual a un año y diez meses de prisión, no podrá tener armas durante cuatro años y un día y ha sido inhabilitada para el ejercicio de la guarda o acogimiento durante cuatro años.

La Audiencia ha acordado también una orden de alejamiento por la que no podrá acercarse a su nieto a menos de 500 metros, ni comunicarse con él durante dos años y diez meses.

El tribunal ha condenado al tío por un delito de abusos sexuales a cuatro años y un día de prisión y no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con él durante cinco años y un día, lo ha inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio relacionado con menores durante siete años y deberá indemnizar a su sobrino con mil euros por los daños morales.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios