Una sentencia aboca al derribo a un chalé en Salinas que se amplió de manera irregular
La Policía Local de Castrillón denunció en 2023 las obras al comprobar que la vivienda inicial se había demolido para construir un nuevo inmueble
Un vecino de Salinas deberá demoler su chalé tras haber realizado obras de ampliación sin los permisos necesarios. Así lo señala una sentencia del ... Tribunal Superior de Justicia de Asturias que resuelve el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Permanente de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), en el que se informaba «desfavorablemente» y se denegaba «la autorización para la legalización de las obras de reforma de vivienda unifamiliar» ubicada en el Barrio de Padre, en Castrillón.
Las obras se llevaron a cabo en una vivienda construida en 1920 sobre una parcela que en 2001 el PGOU de Castillón declaró como «suelo no urbanizable de especial protección paisajística», lo que impedía llevar a cabo nuevas construcciones.
En 2020 el propietario de la vivienda solicitó al Ayuntamiento la licencia de reforma de la misma, obteniendo los permisos de la CUOTA en 2021 y la licencia pertinente por parte de la Junta de Gobierno Local en 2022.
No obstante, en abril de 2023 la Policía Local denunció las obras al detectar que se había llevado a cabo la demolición total del inmueble y se acometía una nueva construcción. Se emitió entonces un informe técnico municipal que llevó a que Alcaldía, por resolución de 17 de abril de 2023, paralizara los trabajos. En diciembre de ese mismo año la CUOTA denegó la autorización de legalización.
El fallo de la sentencia desestima el recurso presentado por el vecino a la negativa de la CUOTA. «Hemos de establecer que objetiva y técnicamente la obra final no coincide con la obra inicialmente autorizada, porque en ésta se imponía la conservación de las cuatro paredes perimetrales exteriores de la planta baja y se han sustituido por otras», recoge la sentencia.
Que señala, además, que la primera autorización de la CUOTA se dio con carácter «excepcional» al existir previamente una construcción y al entender que las obras estaban destinadas a mantener el inmueble como residencia, algo que «desapareció cuando se procedió a la demolición íntegra de la preexistente. En otras palabras, la condición necesaria que amparaba la autorización de obra inicial desapareció».
Ante la resolución, no obstante, cabe interponer recurso de casación en el término de treinta días para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo.
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