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La Policía y la Guardia Civil de Asturias, como los del resto del país, recibieron ayer una instrucción del Ministerio del Interior que tiene soliviantados ... a los agentes. La orden establece que deben dejar de multar el consumo de drogas en el interior de vehículos cuando estos se encuentran aparcados.
La instrucción 7/2025 la emitió la secretaría de Estado de Seguridad, «bajo la autoridad del Ministro del Interior», Fernando Grande-Marlaska, ordenando su publicación en los boletines oficiales de la Policía Nacional y la Guardia Civil para su inmediata entrada en vigor. El documento analiza la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana de 2015, también llamada 'ley mordaza'. Su artículo 36.16 tipifica como infracción grave «el consumo o la tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos». La instrucción subraya que la redacción «solo menciona los transportes colectivos», quedando hasta ahora a criterio de los agentes qué hacer cuando observaban a alguien esnifando, pinchándose o fumando porros en un coche estacionado, toda vez que otra normativa sí castiga el consumo al volante.
La instrucción alude a sentencias del Tribunal Supremo de 1999 que consideran que el vehículo particular tiene «un cierto ambiente de privacidad» que debe ser respetado. «Por tanto, un vehículo particular es un espacio privado, protegido por un cierto grado de intimidad», recuerda el secretario de Estado. Así las cosas argumenta que según la Constitución «sólo puede constituir infracción aquellas conductas descritas en la ley» y por tanto la llamada 'ley mordaza' solo facultaría a intervenir si el consumo se da en transportes colectivos. «No resulta posible incriminar conductas que no se hallen expresa, clara y previamente comprendidas en la descripción» de la ley.
En base a esta argumentación, la instrucción «aclara» a los agentes en todo el territorio nacional «que el consumo o tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, cuando no estuviera destinado al tráfico, en el interior de un vehículo particular utilizado exclusivamente como medio de transporte estacionado, no se considera subsumible en ninguna de las infracciones administrativas descritas por la citada ley».
La orden tiene indignados a los agentes de todo el país. El Sindicato Unificado de Policía (SUP) la entiende «a todas luces inconcebible, neutraliza por completo la labor preventiva de la Policía Nacional». Según comunica, varios agentes ya han hecho el siguiente razonamiento: «Después de fumarte dos porros y meterte cuatro rayas, te puedes marchar a casa tranquilamente. Y si por el camino matas a alguien, que les pidan explicaciones a Interior». En sentido estricto, la instrucción impediría actuar sobre personas que se estén drogando en un coche aparcado, obligando al agente a continuar su camino o esperar a que pongan el vehículo en marcha.
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