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Condenados del crimen de Ardines.
Caso Ardines

El Supremo ratifica las penas de los cuatro condenados del crimen de Ardines

Desestima íntegramente los recursos de casación y mantiene las condenas de entre 20 y 22 años de cárcel impuestas por la Audiencia Provincial en diciembre de 2021

O. ESTEBAN

GIJÓN.

Viernes, 17 de febrero 2023, 01:21

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El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de entre 20 y 22 años de cárcel que ya habían sido ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias a los cuatro acusados por el asesinato del concejal llanisco Javier Ardines en agosto de 2018. El Supremo desestima íntegramente los recursos de casación presentados por los cuatro condenados contra la sentencia del TSJA, que ratificó a su vez la dictada por la Audiencia Provincial de Oviedo. De esta forma, cuatro años y medio después del crimen, el caso queda definitivamente cerrado y se confirman las penas impuestas: 22 años de prisión para Pedro Nieva, Djillali Benatia y Maamar Kelii, el inductor y los dos autores materiales del crimen, y a 20 años para el intermediario, Jesús Muguruza.

Pedro Nieva22 años de cárcel. Considerado el inductor del crimen

A lo largo de casi 120 folios, el Tribunal analiza uno a uno los recursos de los cuatro acusados. Y uno a uno los va desmontando y rechazando. Argumenta la sentencia que no hubo vulneración de derechos de ninguno de ellos (constata que las escuchas y balizamientos fueros correctos, como también la incomunicación de los detenidos, entre otras cuestiones), que la declaración de Muguruza que había sido anulada antes del juicio no invalida en ningún caso el resto de diligencias posteriores y que no hubo presiones por parte de los agentes («no existen datos concretos que determinen que el señor Benatia fue presionado para declarar y no tiene efecto anulatorio la presencia de los agentes en la declaración judicial», que «se arrepintiera más tarde de lo declarado no puede tener como soporte el alegato de que fuera presionado para decir lo que dijo, ya que no existe prueba alguna que lo corrobore»).

Jesús Muguruza20 años de prisión por ser el mediador

«Resulta evidente que todo el 'preparativo' dispuesto se llevó a cabo asegurar el crimen y anular la defensa de la víctima», dice el tribunal en respuesta a una de las alegaciones de Muguruza. Y añade: «Hubo emboscada de los ejecutores e indefensión de la víctima. Nada pudo hacer para defenderse del ataque conjunto y diseñado de los que llevaron a cabo la ejecución del crimen», concluye el Tribunal Supremo, que comunicó ayer el fallo al TSJA y a la Audiencia Provincial.

Djillali Benatia22 años de prisión, uno de los autores materiales

Todas las cuestiones planteadas en este recurso de casación ahora resuelto (muchas de ellas, además, coincidentes entre los cuatro acusados) ya habían sido presentadas por los abogados ante el TSJA, que desestimó los recursos de apelación. Pretendían revocar las sentencias y repetir el juicio, pero el TSJA confirmó el pasado mes de junio la sentencia dictada por la Audiencia Provincial a finales de 2021.

Maamar Kelii 22 años de prisión, el otro autor material del crimen

Uno de los aspectos principales en el que se basaba aquel recurso, como este último de casación, era la nulidad de la declaración inculpatoria realizada ante la Guardia Civil por Jesús Muguruza, el mediador que puso en contacto a Pedro Nieva con los dos sicarios argelinos para que matasen a Ardines a cambio de 35.000 euros, después de enterarse que mantenía una relación con su esposa.

Los letrados de la defensa mantenían que los miembros del jurado popular habían tenido acceso a parte de las declaraciones de Muguruza (en concreto, cuatro folios) que habían sido anuladas antes del juicio al considerar que no se habían ajustado a derecho por no haber sido realizadas en presencia de un abogado.

«El alcance de la nulidad que declaramos no puede afectar a otras diligencias posteriores surgidas de líneas de investigación», concluía el TSJA. El Supremo lo confirma y añade: «No hay conexión de antijuridicidad con otras diligencias desconectadas de esta declaración, que es policial. Se trata, así, de una mera declaración policial sin valor de prueba alguna a tener en cuenta en el juicio oral, y se han relatado y concretado la desconexión con otras medidas de injerencia llevadas a cabo pero sin una relación directa con la declaración de nulidad». Además, considera que aunque aquella declaración «da información, ésta no es la única que permite adoptar la línea de investigación que se lleva a cabo».

El Supremo ratifica punto por punto lo que el jurado dictaminó por unanimidad: que Pedro Nieva, el cuñado de Javier Ardines, presa de los celos por la relación de este con su esposa, que a su vez era prima de la mujer de Ardines, buscó la forma de matarle, a traves del intermediario Jesús Muguruza. «Pedro Nieva es el inductor del asesinato, Jesús Muruguza el intermediario necesario que participó activamente en el plan y Djillali Benatia y Maamar Kelii los autores materiales del asesinato», expusieron los miembros del jurado, tras dos días y medio de deliberaciones en las que realizaron una detallada motivación del veredicto.

La investigación de la Unidad Central Operativa (UCO) y la Policía Judicial de la Guardia Civil de Gijón permitió identificar a los cuatro responsables de uno de los crímenes que mayor conmoción causó en Asturias en los últimos años.

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