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Miércoles, 25 de septiembre 2019, 13:26
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No hubo error. El Tribunal Supremo acaba de responder a la funcionaria Marta Renedo que en la sentencia dictada hace dos semanas en la que se la condena a nueve años de prisión no se confundieron los términos y que el cálculo de la pena es el adecuado. La mujer que sacó una oposición para trabajar como empleada del Principado y acabó con los años montando una empresa con la que desvió más de un millón de fondos públicos deberá así cumplir nueve años de cárcel y pagar 480.000 euros de multa. La sentencia definitiva la deja por tanto como la persona con la mayor condena de toda la trama de corrupción en lo que a privación de libertad se refiere.
El abogado de Renedo había cursado un escrito de aclaración de sentencia, manifestando que a su cliente se le estaba aplicando un Código Penal que no era el que correspondía por la fecha de los hechos. También deslizó que de todos los condenados, la funcionaria es la única a la que no se le aprecia el atenuante de dilaciones indebidas, una fórmula que recorta las condenas cuando los magistrados entienden que la Justicia ha sido demasiado lenta. El Supremo replica que la propuesta de aplicarle otra normativa no se hizo en su momento y que, de atender a la idea del letrado, le correspondería a su cliente una condena todavía mayor. Hechos los cálculos, se le aplica cinco años de prisión por el concurso de los delitos continuados de falsificación en documento oficial con el de malversación, y otros cuatro más por otro delito continuado de cohecho.
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