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El empleado de un bar de Oviedo anota los nombres de dos clientes para acceder al local. ÁLEX PIÑA

El TSJA anula la obligatoriedad de que los bares hagan un registro de clientes diario

En el fallo, que aplaude el sector, cuestiona «no tanto la intensidad de la limitación», como «la extensión a todo tipo de establecimientos»

CH. TUYA / MELCHOR SÁIZ-PARDO / ÁLVARO SOTO

GIJÓN.

Viernes, 11 de junio 2021, 01:28

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«La inclusión de la lista de asistentes y de clientes está supeditada al consentimiento de las personas. Por lo que la eventual restricción del ... derecho fundamental tiene como presupuesto, en todo caso, el consentimiento del ciudadano que desee disfrutar del servicio de hostelería o de las actividades del ocio nocturno en establecimientos determinados. Ello sin olvidar, aunque ciertamente no afecta a la esfera de derechos fundamentales y libertades públicas, que la gestión de tal registro se hace recaer sobre el titular de la actividad, lo que supone depositar la carga de su llevanza y custodia, explicar al cliente su alcance y quedar sometido al control y a posibles sanciones, así como encomendarle la oposición a la admisión de los clientes reacios al mismo».

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