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El juzgado de lo contencioso-administrativo número cinco de los de Oviedo emitió este mes una sentencia a favor del Ayuntamiento de Teverga frente a ... la reclamación de su antiguo secretario-interventor, que que exigía el abono de un supuesto complemento de productividad correspondiente a las nóminas extraordinarias de los años 2020, 2021, 2022 y 2023. El demandante argumentaba que dicho complemento, percibido de manera regular, en realidad encubría un complemento específico vinculado a su puesto, lo que justificaría su pago como un derecho adquirido. Sin embargo, el tribunal ovetense ha desestimado su pretensión, al considerar que el complemento de productividad es un concepto retributivo sujeto al rendimiento individual, sin que pueda considerarse fijo o periódico.
La sentencia subraya, además, que las retribuciones de los funcionarios públicos deben ajustarse al principio de legalidad y que el complemento de productividad no puede convertirse en un complemento específico, ya que esto viene reflejado en los presupuestos y otras normas aplicables no pactadas de manera individual. Asimismo, establece que si dicho complemento no cumple con sus características propias con las que es conferido, su pago es indebido.
Por parte del Ayuntamiento de Teverga, el equipo de gobierno local, con el alcalde, Adrián Gayo (IU) a la cabeza, defiende que «se estaba percibiendo una productividad que no le correspondía y que no había sido fijada ni durante el mandato de este equipo de gobierno, ni por corporaciones anteriores, por lo que ha sido eliminada».
Con esta resolución, el Ayuntamiento de Teverga suma otra sentencia favorable más frente a reclamaciones del personal municipal. Según destaca el equipo de gobierno, «en lo que va de mandato, desde 2023, se han defendido hasta cuatro reclamaciones judiciales con trabajadores municipales, obteniendo en todas ellas un fallo favorable al Ayuntamiento de Teverga».
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