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Acepta quince años de cárcel por agredir sexualmente a su ahijado de cuatro años

Los hechos ocurrieron en el baño de un bar de un Avilés y los habría grabado con el móvil

LVA

Jueves, 12 de junio 2025, 14:48

Un hombre reconoció hoy ante el juez haber agredido sexualmente a su ahijado de cuatro años de edad en los baños de un bar de Avilés y que haber además grabado los los hechos con su teléfono móvil. El acusado aceptó una condena de quince años de prisión por los hechos en una vista que estaba señalada hoy en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial.

La agresión habría tenido lugar el 8 de enero del año pasado en un establecimiento hostelero de la villa. Allí acudió el procesado, un hombre de 61 años de edad, sobre las dos y veinte de la tarde. Llevó a los aseos a los aseos, le bajó la ropa interior y le agredión sexualmente mientras grababa los hechos con su teléfono móvil para utilizar posteriormente el vídeo para uso propio. El procesado se detuvo al insistirle en menor en que parara.

A consecuencia de los hechos, el menor precisó tratamiento preventivo con antibiótico para enfermedad de transmisión sexual y sufrió alteraciones de su estado de ánimo en los días posteriores.

El procesado era amigo de la familia y padrino del menor e iba prácticamente a diario a su domicilio. «Se aprovechó de esta relación para engañar al niño y conseguir que le acompañara al establecimiento hostelero con la excusa de comprarle una chucheríaS, sostiene la Fiscalía.

Tras reconocer los hechos, el procesado, que ya se encontraba encarcelado desde febrero de 2024, aceptó por la agresión sexual 10 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; libertad vigilada durante 6 años; inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 3 años; e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no remunerados, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 15 años; junto con la prohibición de aproximarse al menor, a su domicilio, centro escolar a menos de 500 metros, y de comunicarse con él por cualquier medio, todo ello durante 15 años.

Y por un segundo delito de captación o utilización de menores para elaborar material pornográfico, 5 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 5 años de libertad vigilada; e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no remunerados, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 15 años. Además, prohibición de aproximarse al menor, a su domicilio, centro escolar a menos de 500 metros, y de comunicarse con él por cualquier medio, todo ello durante 8 años.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la víctima con 12.000 euros, más los intereses legales correspondientes, además de cargar con las costas procesales.

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