La situación que permite cobrar el paro tras una baja voluntaria
El SEPE protege a las personas que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo, rechazarlo no es una justificación válida
Entre las preguntas frecuentes publicadas en el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) se encuentra una duda muy común: si podemos cobrar el paro ... tras una baja voluntaria. Si un trabajador solicita la baja voluntaria en una empresa, por ley no tiene derecho a recibir la prestación por desempleo. El sistema protege a las personas que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo, rechazarlo no es una justificación válida. Por este motivo, uno de los requisitos es que el despido sea realizado por parte de la empresa.
La excepción
El SEPE sí contempla una situación donde es posible 'rescatar' la prestación por desempleo a pesar de haber solicitado una baja voluntaria. El tiempo transcurrido entre que se gestiona la salida de la empresa y el trabajador se incorpora a un nuevo puesto es clave. Si el nuevo contrato finaliza por decisión de la empresa, y han pasado más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se considera que existe derecho a recibir la prestación. También será necesario reunir el resto de requisitos.
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Si no han transcurrido más de tres meses desde que el trabajdor cesó voluntariamente en la empresa anterior, no se podrá solicitar la prestación por desempleo.
De todas maneras, para evitar dudas, el SEPE realiza un análisis de cada situación para determinar si corresponde o no el cobro de la prestación.
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