Hermanos Tascón recibirá entre 2,4 y 3,1 millones de indemnización por La Llorea
El Ayuntamiento no ha presentado recurso alguno contra el fallo emitido en febrero y la empresa podrá reclamar su ejecución en 20 días
IVÁN VILLAR
Sábado, 19 de marzo 2016, 02:47
El Ayuntamiento de Gijón no ha recurrido el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que reconocía el derecho de la empresa Hermanos Tascón Sociedad Anónima a ser indemnizada por la rescisión del contrato de explotación del Hotel Palacio de La Llorea. La sentencia, por tanto, ya es firme y la sociedad mercantil iniciará en 20 días los trámites para pedir su ejecución. Será en esa fase donde se determine la cuantía que deberá abonar a la concesionaria como compensación por las obras realizadas hace 15 años para convertir el antiguo caserón de Vereterra en un hotel de cuatro estrellas con spa y restaurante. La decisión corresponderá al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, órgano que en primera instancia había dado la razón al Ayuntamiento, pero cuya decisión fue revocada hace tres semanas por la sala superior.
La sentencia del TSJA señalaba que la indemnización podrá alcanzar como máximo 3,1 millones de euros, que es la cuantía que Hermanos Tascón reclamaba en su recurso contra el Ayuntamiento. Esta cifra corresponde, según la empresa, a la parte de la inversión que no le ha dado tiempo a amortizar como consecuencia del final anticipado del contrato. La concesionaria recuerda que en su momento dedicó 5,2 millones a unas obras de adecuación del edificio que fueron realizadas «a plena satisfacción del Ayuntamiento». La cantidad que pide ahora se limita al «valor neto contable» actual del inmueble. Añade que durante el proceso presentó dos informes periciales que avalan su reclamación, mientras que el Ayuntamiento no entregó ninguno. «En la fase de ejecución podrán argumentar contra nuestras pruebas, pero entendemos que no pueden presentar nuevas periciales», señalan desde Inin Abogados, despacho encargado de la defensa de Hermanos Tascón.
En sus alegaciones ante el tribunal la administración advirtió de la existencia de errores de cálculo en los informes presentados por la empresa. Señaló por ejemplo que, para hacer una estimación del valor del inmueble, el perito contratado por la empresa aplicó un coeficiente incorrecto, cifrando la vida útil del inmueble en 100 años cuando al tratarse de un edificio de servicios deberían ser solo 50 años. Después de que se conociera el fallo del TSJA, además, la concejala de Hacienda, Ana Braña, insistió en que la reclamación de Hermanos Tascón estaba 'inflada' e incluía bienes que no pueden revertir al patrimonio municipal, como muebles y ropa de cama. La empresa rechaza esta argumentación. «Si comprueba los informes periciales, verá que en muebles no hay más de 100.000 euros y que las mantas y sábanas ya están amortizadas», dice la edil.
Pliegos de concesión
En primera instancia el juez, al rechazar cualquier opción indemnizatoria, no entró en el fondo sobre la diferente valoración de los bienes que hacen una y otra parte. El TSJA entiende que no le corresponde a él hacerlo ahora y que debe ser el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo el que determine la parte no amortizada de las obras y, por tanto, la cuantía de la indemnización. Hermanos Tascón, que seguirá aspirando al máximo de 3,1 millones, destaca que en los pliegos que acaba de publicar el Ayuntamiento para sacar el hotel de nuevo a concesión se cifra el valor del edificio en 2,3 millones de euros. Entiende por tanto que «como mínimo» recibirá de las arcas municipales esa cantidad.
El procedimiento para la ejecución de la sentencia puede prorrogarse medio año, en función de la carga de trabajo del juzgado responsable. Una vez se fije la cantidad, y salvo acuerdo entre las partes, el Ayuntamiento tendrá que abonarla en el menor plazo posible. Para ello será necesario que, mediante modificación presupuestaria aprobada en el Pleno, se habilite una partida extraordinaria en las cuentas municipales que tenga como destino exclusivo el pago de esta indemnización. «Si fuera un particular, desde el día siguiente a la publicación del auto de ejecución se le podrían empezar a embargar los bienes», advierte la defensa de Hermanos Tascón, que recuerda que una dilación no justificada podría acarrear consecuencias a sus responsables.