La mudanza de los 'youtubers'
Si la fuga de contribuyentes es reiterada, parece lógico que el Gobierno analice si con menos cargas la permanencia de esos contribuyentes, y probablemente la atracción de otros, supondría los mismos o mas ingresos por impuestos
Son ríos de tinta y una gran polémica los que ha generado el traslado o 'mudanza' a Andorra de la residencia fiscal de los 'youtubers ... '. Una decisión motivada, principalmente, por el beneficio que les supone pagar menos impuestos que en España –en nuestro país pueden superar el 50% y en el país pirenaico el 10%–, lo que ha ocasionado gran desazón entre los que cumplimos religiosamente con los deberes del fisco, porque su huida resta capacidad financiera al estado de bienestar.
No es un tema baladí, pues esta mudanza de capitales, de 'youtubers' y empresarios, se genera por el tan denunciado desequilibrio fiscal entre países vecinos y, también, entre comunidades autónomas. La Ley es clara y diáfana: la residencia habitual en España te convierte en contribuyente del IRPF por la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales, con independencia del lugar donde se han producido y con indiferencia de cuál sea la nacionalidad.
Hacienda, como es lógico, vigila todos estos movimientos de cambio de residencia fiscal, especialmente de los altos patrimonios, y lo hace para salvaguardar las arcas del Estado Español. Pero dejemos una cuestión aclarada: trasladar la residencia fiscal no es ilegal. Por tanto, es una decisión que debe ser respetada, con independencia de cuál sea la motivación. Y, a todos los efectos y según marcan los criterios de Hacienda, es residente fiscal en España aquella persona que permanezca más de 183 días en territorio español dentro del año natural, o bien tenga en España su centro de intereses económicos, aunque no permanezca ningún día en territorio español.
Es precisamente en este último requisito cuando surge la polémica, y una de las principales dudas es cómo debe realizarse la comparación entre España y otros países para resolver el conflicto de residencia fiscal. La Dirección General de Tributos solventó que la comparación debe ser país por país y que, a efectos de determinar el centro de intereses económicos, no solo las rentas se tienen en consideración sino la localización del patrimonio o de los gastos.
La administración tributaria ya preveía este éxodo de contribuyentes desde hace unos años, y trató de regularlo a través del artículo 95.bis de la Ley de IRPF, a partir del cual si el contribuyente deja de ser residente en España por cambio de residencia, deberá tributar por las diferencias positivas o plusvalía que se genere por titularidad en entidades relevantes. Y si, además, el contribuyente hubiera tributado durante al menos diez de los quince períodos impositivos anteriores al último, también tendrá que pasar por caja.
Dicho esto, vivimos en un país con democracia plena y libertad, y la decisión de los 'youtubers' de irse de España en busca de un mejor tratamiento fiscal es una decisión tomada desde la libertad, sopesada y, por supuesto, estudiada. La opción está ahí fuera y al alcance de todos. No podemos olvidar, y mucho menos obviar, que existen países con modelos de tributación basados en la residencia, otros no imponen impuestos a las personas físicas, como los de Oriente Medio, y otros, como en centro América, exigen tributación exclusivamente respecto de las rentas generadas en su territorio.
El contribuyente que puede elegir, siempre respetando las normas, busca salvaguardar su patrimonio y, por consiguiente, busca residencia donde menos exigencias tributarias tenga. Si la fuga de contribuyentes con alto patrimonio o altas rentas se produce de manera reiterada, parece más lógico pedir al Gobierno una reflexión sobre las causas que motivan la fuga de capitales, que revise sus políticas fiscales y analice si con menos cargas fiscales y con la permanencia de estos contribuyentes y, probablemente la atracción de otros nuevos, obtendría los mismos o incluso más ingresos por impuestos.
Ya lo decía Albert Einstein «si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión