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Mujer embarazada. Pedro Salaverria
Abogadas al Rescate: consejos si te enfrentas a una ruptura de pareja con un bebé en camino

Abogadas al Rescate: consejos si te enfrentas a una ruptura de pareja con un bebé en camino

La ruptura durante el embarazo genera dudas prácticas y legales ante la inminente llegada de un hijo

Lunes, 24 de febrero 2025, 07:15

Un divorcio o una ruptura de una pareja, aun no estando casados, genera numerosos problemas que hay que resolver. Unos son legales y otros, muchos, personales. Ya he hablado de ello en numerosas ocasiones y de lo importante que es tratar la parte legal sin olvidarse de la parte emocional que conlleva un asunto tan delicado.

Pero sin lugar a dudas, uno de las opciones más dolorosas de ruptura es la que se produzca estando embarazada la futura madre.

  1. ¿Es frecuente una ruptura tras conocerse un embarazo?

La mayor parte de las parejas atraviesa la etapa de embarazo con ilusión y aprenden a superar los miedos y los retos a los que se enfrentan sin dudar. Pero lo cierto es que la llegada de un bebé implica cambios importantes que comienzan ya durante la gestación y que no todas las parejas asimilan de la misma forma.

Un embarazo puede convertirse en una dura prueba para una relación si no está suficientemente consolidada, si alguno de los componentes carece de la madurez necesaria o duda de sus sentimientos. Tal es así que no es infrecuente que se ponga fin de forma definitiva a la relación de pareja una vez conocida las situación de embarazo, deseado o no, y otras, a medida que este avanza o se acerca el momento de recibir al nuevo miembro de la familia. Los preparativos y la sensación de inminente responsabilidad pueden ser abrumadores.

No terminan ahí los tiempos difíciles, pues existen estadísticas que indican que son muchos los divorcios que se producen durante el primera año de vida de un hijo.

Desde luego hay que hacer todo lo posible para remar en la misma dirección, pero si la ruptura se produce será necesario resolver los problemas personales y legales que inmediatamente se generan.

  1. ¿Y qué se puede hacer desde un punto de vista legal para proteger los derechos de todas las partes implicadas?

La respuesta varía en función de si el hijo nace o no dentro de un matrimonio. Y no es secundaria esta cuestión. Si bien una vez nacidos todos los hijos son iguales en derechos, a los que nacen en un matrimonio se aplica la presunción de que su padre es el marido de la madre mientras que a los que nacen de progenitores que no están casados será imprescindible determinar la filiación tras el nacimiento, sin que sea posible aplicar presunción alguna. Será por tanto necesario un papel activo por parte del padre para poder inscribir al hijo con doble vínculo.

  1. ¿Qué sucede si los progenitores no están casados y el padre no quiere reconocer al hijo?

En el caso de parejas no casadas que esperan un hijo, cuando el padre no quiere seguir adelante con la relación hay que preguntarle si desea reconocer a su hijo e inscribirlo como tal desde un primer momento. Por supuesto la madre puede tener su opinión al respecto. Son decisiones complejas, porque las emociones están a flor de piel y el dolor muchas veces dificulta valorar la situación desde un punto de vista objetivo. En nuestro despacho nos hemos encontrado con todas las opciones posibles.

Si los dos están de acuerdo y el bebé se inscribe desde un primer momento con la filiación de ambos progenitores queda entonces por organizar las medidas relativas a su patria potestad, custodia y alimentos. Será necesario un procedimiento judicial de medidas paternofiliales que puede plantearse por acuerdo entre ambos progenitores o, de no ser posible, de forma contenciosa tomando la iniciativa uno de ellos. Yo considero que lo mejor en estos casos es solicitar unas medidas provisionales de forma previa a presentar la demanda, solicitando al Juzgado que se solucionen estas cuestiones lo antes posible para después, una vez contamos con una mínima organización y a la vista de cómo se van planteando los primeros meses de vida del bebé, hacer un planteamiento definitivo intentando de nuevo el acuerdo.

Pero a veces surgen dudas sobre la paternidad o incluso es la madre la que no quiere que el padre esté presente en la vida de su hijo. Esto lo complica todo, porque antes de ponerse a pensar en medidas paternofiliales hay que determinar la filiación lo que, a falta de acuerdo, puede suponer el correspondiente procedimiento judicial.

Mi recomendación es, cuando hay dudas, resolverlas, pues para ello contamos con la existencia de pruebas médicas altamente eficaces. Si se confirma, de poco vale negarse a la evidencia, lo mejor es llegar a un acuerdo y aceptar los hechos sin obligar al otro a reclamar en el Juzgado perdiendo tiempo, dinero y deteriorando aun más la relación.

  1. ¿Y si los progenitores están casados?

Cuando existe un matrimonio aplica la presunción de paternidad, es decir, se presupone que el marido de la madre es el padre de la criatura y, por tanto, no resulta necesario un reconocimiento. Siendo así es posible valorar la opción de solicitar que se acuerden medidas judiciales incluso antes del nacimiento.

Sobre este particular no todas las Audiencias Provinciales tienen el mismo criterio, y menos aun todos los Juzgados de familia, pero es conveniente al menos intentar conseguir estas medidas desde el primer momento si las posiciones están muy enfrentadas y es previsible que se vayan a generar conflictos a la hora de asumir los gastos del peque o de organizar los tiempos con uno y otro progenitor.

Yo he acompañado a clientes en esta situación y hemos logrado establecer medidas tanto de forma amistosa, recogiéndolas en un convenio regulador, como de forma contenciosa, a través de la solicitud de medidas provisionales seguidas de otras definitivas más adelante.

En cualquier caso considero esencial intentar llegar a un acuerdo siempre que sea posible y, sobre todo, pensar siempre en el interés del bebé. Mucho más en este tipo de casos donde el criterio judicial no suele ser unánime y la particular forma de ver el asunto de cada Juez determina las medidas que desde un primer momento se van a establecer, a veces de forma que no deja satisfechas a ninguna de las partes implicadas. El tiempo que puede implicar cambiarlas después es considerable y para entonces el niño puede tener ya uno o dos años así que lo que sucede desde un primer momento es más que importante.

  1. ¿Con quién estará el bebé?

Es fundamental considerar que cuando se trata de un recién nacido la presencia de la madre es completamente esencial los primeros meses de lactancia, pero también lo es establecer un vínculo con el padre, que no debe quedar excluido de relacionarse durante los tiempos convenientes, adaptándose a los complejos horarios de una criatura que tiene que alimentarse día y noche cada tres o cuatro horas.

A medida que los meses van pasando las circunstancias cambian y por ello lo ideal es hacer un convenio regulador que evolucione a la vez que el niño va creciendo, de modo que el reparto de tiempos entre madre y padre se vaya equilibrando de forma progresiva y sin cambios bruscos. Un acuerdo permite un mayor margen de maniobra al concretar estas cuestiones pues las sentencias, qué duda cabe, no suelen entrar en tanto detalle.

Pero no nos engañemos. Llegar a un acuerdo en estos casos no es tarea fácil. Hemos de pensar que la madre está atravesando un momento complicado y siente al bebé como suyo de un modo evidente, ya que está en su vientre. Esto dificulta ponerla en situación futura de pensar en que el padre pueda ocuparse. Aun así, el acuerdo puede lograrse y no hay que dejar de intentarlo.

  1. ¿Puede establecerse una custodia compartida a tan corta edad?

La custodia compartida llegó para quedarse y cada vez se establece en edades más tempranas. La lactancia materna justifica que durante los primeros meses sea la madre la que esté el mayor tiempo posible con el recién nacido, pero no es un argumento suficiente para mantener esta situación durante un tiempo prolongado. Así que, si no hay ninguna razón que lo desaconseje y estando ambos progenitores en condiciones de ocuparse de su hijo, lo más probable es que se acuerde una custodia compartida en un procedimiento contencioso, cuando no sea posible llegar a un acuerdo.

En cuanto a la edad a partir de la que se aplica hay sentencias para todos los gustos porque, como ya dije, el particular criterio del Juez de Familia que nos corresponda marca la diferencia desde ese primer momento. Así podemos encontrar sentencias que establecen custodia compartida a partir del año, año y medio o incluso los dos años, pero también conocemos alguna que la establece desde los seis meses.

  1. ¿Y qué pasa si después no se cumplen las medidas o no encajan?

Hay que hacer un esfuerzo por tomar en consideración las condiciones de cada caso, prever en lo posible lo que está por venir y establecer unas medidas que se puedan cumplir y que se vayan adaptando para que puedan ser válidas durante el mayor tiempo posible.

Pero si no resulta fácil cumplirlas hay que considerar cuatro consejos muy importantes:

El primero es la flexibilidad. Hay que hacer lo posible por respetar el convenio, pero también por ir adaptándolo a las necesidades diarias que vayan surgiendo, muchas veces imprevisibles, buscando siempre lo mejor para el menor.

El segundo es poner por delante la buena fe por parte de todos los implicados que al final van mas allá del padre y de la madre. Y es que en este tipo de rupturas suelen tener mucha presencia los abuelos que suelen dar apoyo logístico una vez finaliza el tiempo de baja por maternidad o paternidad. Si un consejo podemos dar a los abuelos es que apoyen y respeten, toleren y acepten. No es momento de batallas y culpables, sino todo lo contrario. Aunar fuerzas para que el peque pueda crecer sano, feliz, querido e integrado en una familia que, con ruptura de pareja o sin ella, apuesta por poner de su parte.

El tercero es que el padre no se rinda. Intentar hacerse hueco en la crianza de un recién nacido, cumpliendo unas medidas que al principio son complicadas, puede desincentivar a aquellos padres que al tener que luchar contra las malas caras y todos los inconvenientes que la madre pueda plantear (recordemos que la situación es muy complicada para cualquier madre tras el parto, pero aún más en una situación de ruptura) pueden optar por rendirse. A veces más que rendirse lo que plantean los padres es esperar a participar más adelante, cuando el niño crezca. Esto no funciona, porque pueden convertirse en extraños. Por ello hay que luchar por estar presentes desde el principio, insistiendo hasta la saciedad por compartir tiempo y responsabilidades en la vida de su hijo, con cariño, con paciencia, sin amenazas, intentando comprender la situación, asumiendo culpas y responsabilidades si se han hecho las cosas mal y poniendo de su parte.

El cuarto es cuidar a la mamá. Si la ruptura causa sufrimiento a las dos familias, el caso particular de la madre es muy especial. Es necesaria una dosis extra de comprensión y paciencia.

  1. ¿Qué es lo más importante?

Sin lugar a dudas lo más importante es analizar cada caso concreto, para poder así trazar un plan y hacer todo lo posible por cumplirlo, sin desistir en el camino. Ese camino legal debe ir acompañado del necesario asesoramiento psicológico cuando resulte necesario, para que el proceso sea mas llevadero y menos doloroso, en la medida de lo posible.

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