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E. C.
Viernes, 10 de enero 2025, 14:45
«Lo siento mucho, me arrepiento. Ojalá me pudiera cambiar por el fallecido». Fueron las palabras de disculpa de J. M. A., de 30 años y de Colunga, acusado como el kamikaze que en septiembre de 2022 salió de Oviedo en sentido contrario por la A-66 y chocó con un vehículo a la altura del El Caleyo, en Ribera de Arriba, causansdo la muerte de Juan José Fernández, de 40 años y residente en Mieres.
En el último día del juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), en Oviedo, declararon las patrullas de la Guardia Civil que acudieron al siniestro y los peritos, tanto de la acusación como de la defensa. Todos ratificaron sus informes sobre el estado de los vehículos y la supuesta embriaguez del acusado en el momento del choque; una duda que se planteó en la primera vista oral y en la que se señaló que el acusado «cuadriplicaba» la tasa permitida, a pesar de que él alegó en todo momento el haberse tomado «sólo cuatro cervezas» en toda la noche y que el hecho de incorporarse en sentido contrario a la vía fue «una confusión».
«Aquello era un caos absoluto», resumió ante el juez uno de los agentes, el primero en llegar a la escena y tomar declaraciones a los testigos. La segunda patrulla de Tráfico acudió al juicio en calidad de perito y los dos guardias civiles constataron su atestado de que «no hubo huellas de frenada brusca» ni de «maniobras evasivas» por parte del kamikaze, contradiciendo las declaraciones del acusado en la visita oral de este jueves, cuando dijo que intentó esquivarlo. «Hubo una pérdida total de control del coche», destacó el agente.
Gran parte del debate entre la Fiscalía y la defensa de basó en la supuesta embriaguez de J. M. A. y si superaba o no la tasa de alcoholemia permitida al volante, un máximo de 0,5 gramos por litro. Según constató un hematólogo del HUCA, que también trabajó en la mañana del accidente, la tasa de 2,24 miligramos por decilitro en plasma se obtuvo de la muestra recogida poco después del choque. Además, a lo largo del día y debido a la gravedad de las heridas de J. M. A., se le tuvieron que hacer «varias transfusiones para compensar la pérdida de sangre», por lo que el nivel de alcohol disminuyó en las muestras recogidas durante el día.
En resumidas cuentas, señaló el abogado de la acusación particular, Gonzalo Botas, que «se le repuso el 80% de su sangre, casi cuatro litros», por lo que los argumentos de la defensa respecto a un baremo mucho menor en horas posteriores quedarían anulados. Sin contar, además, que el perito de la defensa «no tuvo en cuenta en su informe las transfusiones y fluidos recibidos».
A estos alegatos, el abogado de la defensa, Félix Guisasola, argumentó que «la medición en el hospital es clínica y no es de alcohol en sangre» tal y como recoge el Código Penal. Por ello, la medición estimada, «sería entre un 50 y un 55% menos» de lo que aparece sobre el papel, aunque no deja de ser una «equivalencia inexacta» y, por tanto, no se sabe si hay delito por superar la tasa permitida.
Guisasola sí quiso dejar constancia de que el acusado «reconoce las consecuencias del accidente» y que, además, «ha quedado minusvalido de por vida». Por otro lado, «si su comportamiento no fue el adecuado, se debe a su trastorno por déficit de atención», señaló, en relación a la falta de «arrepentimiento» ante la familia que había recriminado la acusación anteriormente.
Dicho trastorno, dijo la defensa, «le ocasiona dificultades en la compresión de lenguaje y las emociones». A lo que el acusado, tras terminar este alegato, se disculpó formalmente ante la juez.
En cuanto a la pena, el acusado se sigue enfrentando a una condena de entre 4 y 9 años de cárcel, aunque la acusación particular ha añadido, en calidad de responsabilidad civil, una indemnización que integra los gastos de funeral, sepelio y tratamiento psicólogico a la viuda. El juicio ha quedado visto para sentencia.
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