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Limpieza de galipote en la playa de Carranques, en 2002.

El Supremo condena al capitán del 'Prestige' y abre la vía al pago de indemnizaciones

El Principado de Asturias había reclamado 8,2 millones de euros por los daños patrimoniales causados por la catástrofe ambiental

MARCO MENÉNDEZ

Miércoles, 27 de enero 2016, 02:28

El Tribunal Supremo ha condenado a dos años de prisión al capitán del petrolero 'Prestige', Apostolos Ioannis Mangouras -ahora octogenario-, y abre la puerta al pago de indemnizaciones a los más de 2.000 afectados, en virtud de la sentencia que acaba de dictar y que revoca la emitida en su día por la Audiencia Provincial de La Coruña. El Supremo considera a Mangouras «autor responsable de un delito imprudente contra el medio ambiente en la modalidad agravada de daños catastróficos en relación con la grave afectación del medio marino y demás perjuicios» provocados por el vertido de fuel procedente del buque cuando el 13 de noviembre de 2002 sufrió la rotura del casco, cuando estaba a 138 millas de la costa. Oficialmente, se derramaron 63.000 toneladas de fuelóleo.

El Supremo informa de que, «en concepto de responsabilidad civil, Mangouras deberá indemnizar en los términos que se fijen en ejecución de sentencia», si bien declara la responsabilidad civil directa de la compañía aseguradora, la propietaria del barco y el Fondo internacional para la indemnización de daños causados por hidrocarburos.

De esta manera, el Supremo revoca la sentencia absolutoria de Mangouras por delito de medio ambiente dictada por la Audiencia Provincial de La Coruña y apunta que el capitán permitió que el buque fuera sobrecargado con un exceso de más de 2.000 toneladas de fuelóleo, que provocó el consiguiente sobrecalado. Sí absuelve la sentencia a Mangouras del delito de desobediencia por el que había sido condenado a nueve meses de prisión, al tiempo que confirma la absolución del jefe de máquinas del 'Prestige', Nikolaos Argyropoulos, y del entonces director general de la Marina Mercante, José Luis López Sors.

La sentencia dictada por la magistrada Ana Ferrer deja la concreción del importe de las indemnizaciones a la fase de ejecución de sentencia, si bien apunta que «debe abarcar la restitución, la reparación del daño, tanto el emergente como el lucro cesante, incluido el daño medioambiental en sus distintos aspectos, y la indemnización de perjuicios materiales y morales, con el límite de las peticiones formuladas por las partes en sus conclusiones definitivas».

El Principado de Asturias tendrá pues la oportunidad de cobrar los 8,2 millones de euros que reclamó por los daños patrimoniales causados por la catástrofe del 'Prestige'. El Ejecutivo regional había firmado ya en 2004 un acuerdo con el Ministerio Fiscal para que le defendiese sus intereses patrimoniales en los tribunales. La cantidad reclamada hace referencia a los gastos directos que tuvo que afrontar el Principado para la retirada de más de 4.500 toneladas de residuos del litoral asturiano y no por los daños provocados ni por el lucro cesante de los sectores turístico y pesquero.

Hay que recordar que poco después del accidente el Gobierno central firmó un acuerdo con los 20 municipios costeros asturianos que resultaron afectados por la marea negra del 'Prestige', en virtud del cual les abonó 1,6 millones de euros como indemnización. Además, en 2007 fue el Principado quien aprobó el pago de otros 2,9 millones de euros a 689 pescadores y armadores de la región en concepto de adelanto por las indemnizaciones que les correspondiesen.

Pena «insuficiente»

A falta de que se fijen esas indemnizaciones, en el juicio celebrado en Galicia la reclamación total por daños y perjuicios causados por el 'Prestige' superaba los 2.200 millones de euros, aunque el daño sufrido fue evaluado en 4.121 millones de euros, de ellos 3.862 millones para el Estado español. En 2013, el Gobierno francés estimó en 109 millones de euros el coste de la marea negra para las víctimas galas.

Las organizaciones conservacionistas Greenpeace, Ecologistas en Acción y SEO/BirdLife celebraron ayer la resolución aunque consideraron que la pena es «insuficiente», pues no incluye a «todos los que deberían estar» y no contribuirá a evitar y prevenir futuras catástrofes en España. Así, señalaron que el capitán no está exento de responsabilidad pero recuerdan que recibía órdenes del armador, de la capitanía marítima, de la Autoridad Portuaria y del Ministerio de Fomento.

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