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El 27 de enero la Inspección General de Servicios, una suerte de 'policía de asuntos internos' del Principado encargado de velar por la legalidad ... y la eficacia de la organización, emitió un informe sobre un asunto de actualidad: los conflictos de interés. Lo hizo al analizar una denuncia contra un miembro de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA) al que se acusó de votar en un asunto sobre los que había tenido participación. El señalado fue contratado para trabajar en ese proyecto, sí, pero después de que fuera analizado por la CUOTA. La Inspección descartó que se produjera la infracción denunciada y las fuentes consultadas ligan el caso a una venganza personal.
El informe, sin embargo, aclara el marco jurídico que regula un asunto con muchas zonas grises, y concluye con una recomendación al Principado. Aconseja «que se adopten las medidas e instrumentos necesarios en orden a disponer de una efectiva detección preventiva de los posibles conflictos de interés que, con su diversa intensidad, puedan concurrir en los respectivos ejercicios de funciones públicas, así como establecer el cauce procedimental para la canalización y tramitación de los conflictos comunicados o detectados».
Según aclara la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015 marca que toda autoridad o empleado público tiene el deber de abstenerse cuando en el procedimiento en el que le toca intervenir tenga «interés personal» por ser administrador de una empresa afectada; lo mismo ocurre si tiene «vínculo matrimonial» o parentesco dentro del cuarto grado con los administradores, asesores, representantes legales o mandatarios de las empresas implicadas. Misma cautela se exige en caso de «tener amistad íntima o enemistad íntima» con los antes mencionados.
La cuestión llega al Código Penal si la autoridad o empleado público realiza «asesoramiento permanente o accidental» a las entidades privadas o particulares afectados.
Con todo «el ordenamiento jurídico no ofrece una definición transversal de conflicto de interés», razona la Inspección General. Según el diccionario jurídico de la Real Academia Española, vendría a ser «la colisión entre las competencias decisorias que tiene el titular de un órgano administrativo y sus intereses privados, familiares o de otro orden, que puede afectar a la objetividad de las decisiones que adopten». De ello se deriva el deber de abstención «o incluso la incompatibilidad para mantener la titularidad de un determinado cargo».
La Inspección subraya que en esta materia hay tres tipos de conflictos: el real, el potencial y el aparente. El primero se consuma cuando hay un interés particular en el expediente, el potencial se da cuando «un posible interés particular podría influir en la adopción de una decisión o emisión de un juicio profesional, pero esta situación aún no se ha producido». El conflicto aparente ocurre «cuando los intereses privados son susceptibles de comprometer el ejercicio objetivo de sus funciones u obligaciones, pero finalmente no se encuentra un vínculo identificable e individual con aspectos concretos de la conducta, el comportamiento o las relaciones de la persona».
Establecido el marco, los auditores recuerdan las orientaciones emitidas por la Comisión Europea en 2021 sobre cómo evitar y gestionar este tema que «puede producirse en cualquier momento» y ocurre «incluso si la persona no se beneficia realmente de la situación». Es crucial su gestión y prevención para evitar una «pérdida de confianza».
En los últimos tiempos el diputado de Foro, Adrián Pumares, ha hecho bandera del tema, apuntando a Nieves Roqueñí y Belarmina Díaz. La primera fue consejera, siendo su marido directivo de Minersa, donde trabaja su hermana; la segunda identificó en su declaración de intereses once sociedades con parientes directos. Ambas han defendido su honestidad, haberse inhibido cuando les correspondía y tener derecho a ocupar cargos de responsabilidad sin que la vida laboral de sus allegados les lastre en esa carrera.
«Quienes adquirimos un compromiso como es mi caso con el Gobierno del Principado no nacemos de repente como las setas, sino que tenemos un contexto», dijo Roqueñí, en la Junta, donde indicó que su marido estaba en Minersa desde hacía 40 años. Por su parte, Belarmina Díaz retó al diputado a denunciar en los juzgados si tenía algún indicio.
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