Borrar
El exalcalde de Carreño, Angel Riego, con su abogado, Luis Tuero, y el entonces concejal de Festejos, José Manuel Muñiz, ya fallecido, a la puerta de los Juzgados de Gijón.
El juez archiva la causa contra la contratación de las orquestas en Carreño

El juez archiva la causa contra la contratación de las orquestas en Carreño

La Fiscalía señala que, «de acuerdo con la documentanción aportada», «no se desprende que las contrataciones musicales llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Carreño durante los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 no se hubiesen ajustado a la normativa legal»

Pepe García-Pumarino

Jueves, 21 de abril 2016, 11:47

Un auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Gijón emitido el día 19 de este mes decreta el sobreseimiento provisional de la causa abierta en 2013 por la Fiscalía Superior del Principado de Asturias contra el ahora exalcalde de Carreño, Ángel Riego; el concejal de Festejos, José Manuel Muñiz, ya fallecido y la interventora municipal por los presuntos delitos de fraude, prevaricación, tráfico de influencia y malversación de caudales públicos.

El archivo de la misma obedece a un despacho de la Fiscalía emitido el día 15 de abril a este juzgado en el que se señala que "de acuerdo con la documentanción aportada a los autos y declaraciones tanto de los investigados como de los testigos, no se desprende que las contrataciones musicales llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Carreño durante los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, no se hubiesen ajustado a la normativa legal que fija la Ley de Contratos del Sector Público". Y añade que tales contrataciones fueron fiscalizadas por los organismos correspondientes, sin que se hubiera incoado algún expediente o detectado alguna irregularidad. También que "aun existiendo alguna, no necesariamente debe tener encaje con el art. 404 del Código Penal, que exige como elemento esencial actuar a sabiendas de la justicia de una resolución arbitraria dictada por autoridad o funcionario público". El despacho subraya igualmente, que se hace preciso resaltar la diferencia entre la simple irregularidad administrativa y el delito de prevaricación. En este último caso se exige que se adopten resoluciones absolutamente injustas, que se actúe por el funcionario público o autoridad a sabiendas de su injusticia, "cosa que no sucede en el presente caso", concluye el fiscal Vicente A. Sánchez Morcillo.

Esta causa se impulsó desde Manos Limpias que se centró en que se centró en el abono en facturas fraccionadas de un total de 600.000 euros a través de contratos menores. Todo ello, según la acusación del sindicato, se llevó cabo sin publicidad ni concurso público. Estos hechos, para Manos Limpias, avalaban la tesis de actos presumiblemente punible. Por ello, las diligencias se extiendieron también a los representantes de las compañías Escenastur, S.L. y Sarcastic Producciones Artísticas S.L.. Ahora contra este auto cabe la posibilidad de presentar un recurso de reforma y subsidiariamente de reposición en el plazo de tres días y otro de apelación para el que se fija un plazo de cinco días, según se recoge en el mismo. Pero se da la circunstancia de que tanto los letrados de Manos Limpias como el procurador presentaron hace algunos días su renuncia a representar este sindicato en las causas abiertas tras el asunto en el que está inmerso el presidente nacional de este sindicato. Por esta razón casi se descarta que pueda presentarse un recurso contra el auto.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcomercio El juez archiva la causa contra la contratación de las orquestas en Carreño