Calzada con carril por sentido y velocidad limitada por las obras de mejora en el túnel de El Negrón. Damián Arienza
Peaje en Asturias

Habla el abogado de la sentencia que impide cobrar el mismo peaje si hay obra y aclara cómo aplicar el caso en Asturias

La asociación de consumidores En Colectivo y el bufete BGI Law están detrás de un caso donde la intervención de la Fiscalía y unos datos de la DGT fueron claves

Ramón Muñiz

Gijón

Viernes, 31 de octubre 2025, 06:40

¿Es legal que una concesionaria cobre el peaje si en la autopista hay obras que provocan circulación lenta, difícil o directamente la interrumpen? Hasta ... ahora los jueces concluían que sí, pero el Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia cambiando esa doctrina. La sentencia, avanzada por EL COMERCIO, obliga a Audasa a devolver los peajes cobrados en la AP-9 gallega durante 81 días en los que la Dirección General de Tráfico (DGT) acreditó «perturbaciones» significativas de la circulación.

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Es un precedente que ahora analiza el Principado, las asociaciones de transportistas y la UCE para reclamar su aplicación en la autopista del Huerna (AP-66), mermada desde hace un año por un argayo y desde julio por los cortes de carril y calzada debidos a las obras en los túneles.

Para calibrar las opciones conviene ir al origen del caso. La sentencia nace de una denuncia que en 2018 impulsó En Colectivo, asociación de consumidores de Galicia que fue la que también inició el procedimiento que ha terminado con la Comisión Europea sosteniendo que los contratos actuales de la AP-9 y el Huerna incumplen la legalidad.

En Colectivo buscó el apoyo del despacho BGI Law. Antonio Heredero es uno de los letrados que llevaron el asunto y tiene claro que, «a partir de ahora, cualquier infraestructura que realice obras mientras sigue ofreciendo el servicio tendrá que tener presente que no podrá cobrar el peaje en el caso de que el servicio se vea afectado por dichas obras».

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«Este precedente es muy importante, hay una situación de abuso en Galicia que se reproduce en Asturias», asegura. Según su análisis, si la concesionaria debe dejar de cobrar en las obras o reducir las tarifas «es algo a modular según la intensidad de la molestia. Aquí los jueces consideraron que no había vía alternativa de similares características en esos 81 días y, por tanto, no debía cobrar; en el Huerna es igual».

La denuncia partió como una acción de cesación, mecanismo por el cual se pone en conocimiento de la Fiscalía una ilegalidad y es ésta la que activa los procedimientos para ponerle fin. En su escrito, el ministerio público llegó a solicitar que la sentencia final asumiera que el abuso de cobrar íntegro un peaje sin dar el servicio esperado ocurría también en el resto de autopistas. «El Supremo no ha estimado esa parte, por lo que no hay un efecto automático de la sentencia. Para el caso del Huerna u otros, habrá que activar una vía judicial, presentar una demanda y acreditar los perjuicios que se están causando», indica el abogado de BGI Law.

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En este caso, el letrado subraya que la estrategia mantenida junto a En Colectivo logró una prueba que ha resultado clave. «Primero, fuimos a los periódicos para tratar de documentar los atascos y, en base a ello, solicitamos a la Agrupación de la Guardia Civil de Tráfico de la DGT que identificara todas las incidencias. La concesionaria tiene cámaras, la información y está obligada a reportársela, y se categorizan con nivel amarillo, rojo o negro, pero costó mucho que dieran esos datos», explica Antonio Heredero.

BGI Law y En Colectivo iniciarán un proceso para que todos los afectados recuperen el dinero. Por su parte, Audasa ya ofrece un email para tramitarlo.

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