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El radar de la discordia está en el kilómetro 13,6 de la A-66, en sentido hacia Gijón y Avilés. GOOGLE STREETVIEW

Una sentencia declara ilegal el funcionamiento de uno de los radares que más multan en la 'Y'

El modelo, ubicado antes de la bifurcación hacia Gijón o Avilés, hace solo una foto y la norma exige dos. Llegó a poner 7.074 sanciones en un solo año

R. MUÑIZ

GIJÓN.

Martes, 18 de octubre 2022, 01:04

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Ha vuelto a pasar. La Justicia considera que el funcionamiento de uno de los radares de carretera que más multan en Asturias no cumple la legislación vigente. La historia recuerda a lo sucedido con el cinemómetro ubicado en la ronda de Oviedo, a la salida del túnel de la Bolgachina. El ingeniero gijonés Samuel Morán consiguió demostrar que el aparato estaba 52 metros antes de lo que decían los informes oficiales, en un punto donde no era exigible la limitación de velocidad por la que se sancionaba. La Dirección General de Tráfico (DGT) asumió su error, pidió disculpas, pero adujo motivos administrativos para anular a lo largo de 2019 solo las 15.844 últimas multas y devolver los puntos detraídos indebidamente.

La tenacidad de otro conductor, al que ha asistido el abogado Germán López Iglesias, acaba de acreditar ahora la irregularidad de otro cinemómetro. Se trata del ubicado en la 'Y', en la calzada de la A-66 de sentido hacia Gijón y Avilés, concretamente en el punto kilométrico 13,4. El 24 de febrero de 2021, a las 9.57 horas, el aparato fotografió al automovilista cuando supuestamente circulaba a 133 kilómetros por hora, esto es, 13 más de lo permitido. «La multa era de 100 euros y mucha gente prefiere acogerse al pronto pago, dejarla en la mitad, y quitarse de líos, lo que al final provoca que el sistema de la DGT sea recaudatorio, al eliminar todo ánimo corrector», relata el letrado. Su cliente, sin embargo, optó por plantar batalla.

Tras revisar la jurisprudencia reciente, el letrado encontró un hilo del que tirar y armó con él su recurso. En una sentencia dictada el 7 de octubre por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo el magistrado Luis Cuadrado le confirma que su intuición era acertada.

La DGT ya se vio obligada en 2019 a anular 15.844 sanciones por un error en la ubicación del aparato del túnel de la Bolgachina

El radar impugnado es un modelo Multanova 6F-MR que, a diferencia de otros más modernos, «no cuenta con la función de seguimiento e identificación del cuerpo o vehículo objetivo o blanco durante el proceso de medición». Se limita a detectar la velocidad en ese instante y disparar una única foto. Es una limitación que, según la sentencia, invalida su trabajo.

La orden de 2010 que regula el control metrológico de estos aparatos especifica que si el radar no es capaz de seguir al sospechoso «se le exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo; el otro su placa de identificación». El precepto se ha mantenido en la orden de 2020 que derogó a la anterior.

De cara al juez, la DGT trató de salvar la omisión de esa segunda foto presentando en el expediente una imagen ampliada de la única que tenía, algo que el magistrado rechaza dar por bueno. Tras cotejar que una imagen «no es sino un recorte o detalle de la otra», concluye que «no se ha cumplido con la previsión» de la norma técnica. Deja sin efecto la sanción en una sentencia que castiga en costas a la DGT y no admite recurso.

El organismo ha cambiado de política de transparencia y ahora rechaza detallar cuánto recauda con cada cinemómetro. En 2015 sí facilitaba dicha información. Aquel curso el radar ahora impugnado operó 330 días, en los cuales dio lugar a 7.074 sanciones por un importe global de 737.600 euros. Es decir, es uno de los que más recaudan en la región, con 2.235 euros por día de funcionamiento. «Yo creo que ahora la DGT debía iniciar un procedimiento y anularlas todas», considera Germán López.

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