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Qué condiciones cambian en los contratos cuando dos entidades se integran

Qué condiciones cambian en los contratos cuando dos entidades se integran

En tarjetas de pago, depósitos o cuentas, una modificación tiene que ser comunicada a los clientes con un plazo mínimo de dos meses

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Domingo, 18 de octubre 2020, 00:22

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A la habitual duda que surge entre los clientes de una entidad abocada a fusionarse, ligada con la posibilidad de que le cierren la sucursal a la que suele acudir, se unen otras cuestiones prácticas que pueden cambiar el día a día en su relación, en muchos casos de toda la vida, con su entidad financiera correspondiente.

La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, recuerda, por ejemplo, una realidad que está por venir tras los procesos de integración que están protagonizando CaixaBank y Bankia, por un lado;y Unicaja yLiberbank, por otro:las condiciones de determinados contratos y, en concreto, los que no tienen un plazo de finalización estipulados. Suárez explica que esas condiciones «pueden verse alteradas». Y aclara que «los cambios tienen que comunicarse con un mínimo de dos meses de plazo» para que la actuación sea la correcta.

Habitualmente esos contratos sin plazo estipulado suelen ser los que tienen las tarjetas de débito o crédito, las cuentas corrientes o los depósitos de ahorro, entre otros. En este tipo de productos, la cuestión más espinosa suele ser la de las comisiones que cada entidad aplica. Cuando dos grupos financieros se unen, también se integran sus políticas comerciales, y puede ocurrir que un banco no cobrara determinadas tasas que, a partir de la fusión, podría aplicar.

Incluso el Banco de España ha apuntado que el cambio de condiciones tiene que respetar unas reglas. Así, si no es favorable para el cliente, como por ejemplo si se eleva el importe de alguna comisión, la entidad tendrá que avisar con la antelación suficiente, que tendrá derecho a cancelar la cuenta sin penalización antes de que el cambio sea efectivo.

El supervisor ha informado a los clientes bancarios de las repercusiones que puede tener para ellos una fusión bancaria, como la que tienen previsto acometer CaixaBank y Bankia.

En el portal del cliente bancario, el supervisor ha publicado recientemente una comunicación dirigida a los clientes financieros en la que explica que las fusiones pueden suponer repercusiones prácticas para las gestiones del día a día, ya que es posible que se reordenen les redes comerciales y se reasignen los clientes en las zonas donde las oficinas se solapan.

En cuanto a las condiciones de los productos que los clientes tengan contratados, el Banco de España ha recordado que las fusiones no suponen por sí mismas cambios automáticos, pues no pueden cambiarse las condiciones que se pactaron en productos de una duración determinada, como es el caso de un préstamo hipotecario o personal, de manera que los clientes seguirán pagando las mismas cuotas, tal como se habrían abonado a la entidad con la que contrataron en un inicio.

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