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Felipe A. R. tras ser declarado culpable. Damián Arienza / Vídeo: Diego Abejón

Diecisiete años de prisión para el autor del crimen de la inmobiliaria de Gijón

Felipe de Arriba Ramos deberá indemnizar a la familia de la victima con 253.750 euros por el asesinato cometido en septiembre de 2023

Miércoles, 16 de abril 2025, 08:00

Diecisiete años de prisión y cinco de libertad vigilada. Esta es la sentencia dictaminada para Felipe de Arriba Ramos por el crimen de Francisco Javier Rodríguez Tobajas, el propietario de una inmobiliaria de la calle Campo Sagrado, en Gijón. Felipe de Arriba lo apuñaló mortalmente en septiembre de 2023. La Fiscalía pedía 18 años de prisión y la acusación particular elevaba la petición de condena a 20 años, a lo que suma una indemnización de 850.000 euros para los hijos, los padres y la pareja del fallecido.

La sentencia fija dichas responsabilidades civiles en una cantidad total de 253.750 euros. Siendo 60.000 euros para cada progenitor, 93.750 para una de las hijas, 30.000 para otra y 10.000 euros para su pareja. Una cantidad que el abogado de la familia, Eloy Fernández Schmitz, recurrirá al considerarla baja.

El juicio se llevó a cabo entre el 31 de marzo y el 3 de abril en la Sección Octava de la Audiencia Provincial y concluyó con el fallo del jurado popular que declaró a Felipe de Arriba Ramos culpable del delito de asesinato.

La defensa, llevada a cabo por María Escanciano presentó tres atenuantes: obcecación, reparación del daño y confesión de los hechos. Tras el veredicto del jurado popular, pidió que la pena fuera «inferior a los 18 años, teniendo en cuenta el atenuante de confesión». Finalmente, sí se tuvo en cuenta en su modalidad analógica. La sentencia argumenta en que gracias a dicha confesión, se ahorró esfuerzos de investigación y facilitó la instrucción y enjuiciamiento, así como la localización del arma homicida.

Algo a lo que tanto la acusación pública como particular se han opuesto sosteniendo que no puede reconocerse dicha atenuación de modo analógico ya que el reconocimiento de los hechos se hizo una vez que los agentes procedieron a su detención. El abogado de la familia, no conforme con la aprobación con el atenuante de confesión, lo estudiará.

Sin alteraciones psíquicas

A pesar de que también se presentó el atenuante de obcecación dado que Felipe de Arriba Ramos llevaba detrás de Francisco Javier Rodríguez Tobajas desde 2007, año en el que se enteró del préstamo concedido en 2005 por parte de la víctima a la que entonces era su mujer. Tal atenuante fue descartado, ya que la declaración del informe médico-forense indicó que el autor del crimen no presentaba ninguna alteración psíquica y sus facultades no estaban afectadas de modo alguno cuando ocurrió el suceso en septiembre de 2023.

Según relató en el juicio el autor del asesinato, por ese préstamo, de unos 3.000 euros, le terminaron embargando el piso en el que vivía con su esposa y sus dos hijas, acabó separándose y desde hacía años vivía en una habitación de alquiler en un piso compartido en la carretera del Obispo.

El tercer atenuante de la defensa, la reparación de los daños, también fue desestimado, ya que a pesar de que el autor del crimen consignó 250 euros a los familiares. La sentencia señala esta como «irrelevante».

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