

Secciones
Servicios
Destacamos
El Tribunal Supremo ha ratificado las condenas de prisión y el pago de multas que ascienden a 2,1 millones de euros para los cuatro ... narcos gallegos detenidos por el grupo de Estupefacientes de la Comisaría de Gijón cuando realizaban un pase de dos kilos de cocaína. Los arrestos se materializaron en julio de 2021, si bien las investigaciones y los seguimientos se remontaban a meses atrás, cuando la Policía Nacional tuvo sospechas de las operaciones ilícitas en Gijón de la banda de Villagarcía de Arousa.
El considerado cabecilla, en cuyo domicilio fueron hallados 1.366.065 euros «procedentes del tráfico de drogas», ha sido condenado a ocho años y medio de cárcel, así como el pago de una sanción de 700.000 euros. Otros dos procesados deberán cumplir seis años y nueve meses de cárcel y pagar cada uno 600.000 euros de multa. La mujer detenida ha sido condenada a dos años de prisión por un delito contra la salud pública y una multa de 200.000 euros.
La operación policial, en la que también participaron agentes del Equipo de Delincuencia y Antidroga de la Guardia Civil de Pontevedra, se llamó 'Arena Negra - Vieira'. El día que se materializaron los arrestos, la banda viajaba en dos coches diferentes desde Villagarcía. «El primero, ocupado por una mujer, hacía las funciones de 'lanzadera', consistentes en alertar de la eventual presencia de la Policía en la carretera. Mientras tanto, el segundo vehículo, ocupado por dos varones, portaba la mercancía», recoge el fallo judicial. Esa mercancía resultó ser «una bolsa de plástico cerrada que contenía 2.030 gramos de cocaína con una pureza de 81,9% y un valor en el mercado ilícito de 222.784 euros».
Ese mismo día se practicó un registro en el domicilio del cabecilla, en Villagarcía de Arousa, «ante las sospechas de los agentes de que albergaba una gran cantidad de dinero». Allí se incautaron de 1.366.065 euros en efectivo, fraccionados en billetes de distinto valor, principalmente de 50. También fue localizada munición de calibre 9 milímetros y otros efectos relacionados con los delitos investigados, como dos envasadoras al vacío, una máquina de contar billetes y diversa documentación.
Precisamente, fue esa entrada y registro en ese domicilio lo que motivó la presentación del recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por una presunta injerencia en su derecho a la inviolabilidad del domicilio. Sin embargo, el máximo tribunal rechaza el recurso y ratifica las condenas de la Audiencia Provincial.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El mejor restaurante de comida sin gluten de España está en Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.