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Paseantes en los Jardines de la Reina, parte de la zona delimitada como de interés turístico. PALOMA UCHA
El Supremo desestima el recurso de los supermercados contra la limitación de horarios

El Supremo desestima el recurso de los supermercados contra la limitación de horarios

El Alto Tribunal avala el acuerdo del Principado y el Ayuntamiento que restringe la apertura en festivos al centro y a dos domingos de agosto

EUGENIA GARCÍA

GIJÓN.

Sábado, 10 de octubre 2020, 01:33

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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por las grandes cadenas contra la zona de gran afluencia turística de Gijón y, por tanto, ha avalado los límites que desde 2015 establece esta figura a la libertad de horarios comerciales. Con la delimitación de esta área de la ciudad, coincidente con el denominado Centro Comercial Abierto El Centro de Gijón, se restringió la apertura en días festivos a dos domingos de agosto, al margen de los diez domingos al año que se permiten a nivel regional. La medida no afecta a los locales de menos de 300 metros cuadrados, que pueden abrir las 24 horas del día, durante los 365 días del año.

De esta forma, se excluía a superficies comerciales como el Centro Comercial Los Fresnos -que originariamente sí entraba dentro de la zona marcada-, así como otros grandes establecimientos de la ciudad más alejados del centro, como Alcampo, Carrefour o El Corte Inglés, que por tanto carecen de la libertad de horarios comerciales que esta figura permite para atender grandes flujos turísticos en un perímetro delimitado por la plaza del Marqués, Jardines de la Reina, Rodríguez San Pedro, Pedro Duro, plaza de El Humedal, Palacio Valdés, avenida de la Costa hasta Ramón y Cajal, Menéndez Pelayo, Marqués de Casa Valdés, Capua, Jardines del Náutico, Cabrales y plaza Mayor.

La Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución presentó un recurso contra este acuerdo, propuesto por el Ayuntamiento y aprobado por el Principado, similar al que también presentó en ciudades como Cádiz, Málaga, Vigo, Burgos, Pamplona y Oviedo, al entender que la falta de libertad de horarios supone una restricción al libre ejercicio de la actividad económica.

Tanto el Ayuntamiento de Gijón como el Principado se opusieron al recurso, que fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). La organización recurrió ante el Supremo, que ahora, en su fallo, ha legitimado el área de gran afluencia turística. No ocurrió así en Cádiz, donde el Alto Tribunal acabó dando la razón a las grandes superficies y obligó al Ayuntamiento gaditano a rehacer su zona.

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