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Adriana Lastra E. C.
Adriana Lastra: «Me preocupa mucho que el juzgado de Siero deje en libertad a un maltratador con antecedentes»
Violencia de género

Adriana Lastra: «Me preocupa mucho que el juzgado de Siero deje en libertad a un maltratador con antecedentes»

La delegada del Gobierno respalda la decisión de la Fiscalía de recurrir a la Audiencia tras el fallo judicial. El Principado y el movimiento feminista asturiano exige actuaciones

Chelo Tuya

Gijón

Lunes, 17 de febrero 2025, 13:09

«Me preocupa mucho que este fin de semana conociéramos que el juzgado de Siero daba la libertad a un acusado de maltratar a su pareja. Una joven muy vulnerable». No es la primera vez que la delegada del Gobierno en Asturias, Adriana Lastra, cuestiona el proceder del sistema en materia de violencia machista. «Como decía la semana pasada, los operadores jurídicos necesitan no solo conocer las normas, sino conocer cómo opera la violencia». Y, a su juicio, el hecho de que un agresor multirreincidente haya quedado en libertad en Siero, con la posición en contra de la Fiscalía, es «preocupante».

Recordó la delegada del Gobierno que «estamos hablando de un maltratador que tiene una larga lista de antecedentes a sus espaldas, de varios quebrantamientos», por lo que dejó claro su respaldo «a la Fiscalía en su decisión de recurrir ante la Audiencia Provincial y esperar que se proteja a la víctima de estas agresiones de este individuo».

Se suma ella a las críticas del Principado y del movimiento feminista en Asturias que dejaron clara su posición contraria a la decisión judicial, y reclamaron no solo mayor protección a las víctimas, sino también formación especializada en violencia machista y actualizar las decisiones judiciales a los últimos cambios en el sistema penal y civil para prevenir no solo la violencia machista, sino también la vicaria, la que ejercen los agresores sobre los hijos de su víctima para causarle el mayor daño posible.

Y no lo dicen por decir. La propia Adriana Lastra recordó que «la semana pasada también convocábamos un minuto de silencio por Catalina, una mujer que fue asesinada por su expareja en Benalmádena. Una mujer que había presentado una denuncia, que la había ratificado en sede judicial y el juzgado, en este caso, no tuvo a bien llevar a prisión al que luego fue asesino de Catalina».

Pacto de Estado

Las palabras de la delegada del Gobierno llegó tras el minuto de silencio en recuerdo de un nuevo asesinato machista. «No es de ahora, se produjo en 2020. La pareja de María Dolores la mató, la descuartizó y repartió sus restos por las islas. Cinco años después, la buena investigación policial ha conseguido que se sepa la verdad y lo que sucedió con María Dolores».

Por ello, entiende que «tenemos que seguir avanzando en la protección de las mujeres» y como avance entiende el acuerdo para un nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género. «Se ha trabajado durante muchos meses, y lo digo porque yo presidí esa comisión y ahí se empezaron los trabajos». Se trata de 462 medidas «donde se recogen nuevas realidades de la violencia, como la violencia vicaria, la violencia digital y la violencia económica». Adriana Lastra quiso dar «la enhorabuena a las compañeras que han sacado adelante el Pacto de Estado y mi condena a los agresores y aquellos grupos políticos que no lo respaldan. A los negacionistas de la violencia machista».

«Decretar su prisión no era viable para el juez instructor», sostiene el Tribunal Superior

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias quiso matizar este lunes sobre el caso de hombre de Siero puesto en libertad que no se encontraba detenido en el momento de solicitarse por el Ministerio Público la medida de su prisión provisional el 12 de febrero de este año, sino que su puesta a disposición de dicho juzgado como detenido ya había tenido lugar el 7 de febrero, momento en el que se resolvió conforme a lo legalmente previsto sobre su situación personal: acordándose su libertad provisional con el establecimiento de una orden de protección en favor de la víctima.

Sin que, añaden, ninguna de las partes, incluido el Ministerio Fiscal, solicitase su prisión provisional, por lo que, remarca, decretar su prisión no era viable para el juez instructor.

La solicitud de prisión del Ministerio Fiscal tuvo lugar días después, durante la comparecencia de juicio rápido, a la que el investigado compareció voluntariamente, denegándose por el instructor la solicitud de prisión provisional efectuada por el Ministerio Fiscal, entre otros motivos, por no constar variación de las circunstancias concurrentes tenidas ya en cuenta en el momento de haberse resuelto sobre la situación personal del investigado; cuando por el Ministerio Público no se había solicitado su ingreso en prisión provisional.

Además, indicaron, el representante del Ministerio Público que efectuó la solicitud de la prisión provisional, que era distinto de aquel que había intervenido anteriormente y no había participado en ninguna de las diligencias practicadas, no efectuó alegación alguna respecto al cambio de criterio, constituyendo uno de los principios de actuación del Ministerio Fiscal, conforme establece ya el artículo 124 de la Constitución, el de la unidad de actuación en el ejercicio de sus funciones.

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