El TSJA da cinco días al Gobierno para justificar el cierre del ocio nocturno
El tribunal deniega la suspensión inmediata de restricciones que pidió Otea porque la «urgencia no prevalece sobre la protección de la salud»
M. SUÁREZ
GIJÓN.
Sábado, 17 de julio 2021, 01:28
La patronal de hostelería y turismo Otea no ha conseguido la suspensión inmediata de las restricciones que pesan sobre el ocio nocturno, tal como había solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). Pero su recurso contra la decisión de la Consejería de Salud de prohibir la actividad en el interior de bares de copas y discotecas sigue adelante. El alto tribunal asturiano entiende que una decisión de este calibre no puede adoptarse de forma inmediata y sin escuchar a la otra parte. De ahí que haya dado un plazo de cinco días al Principado para que justifique la medida objeto de impugnación. El Gobierno regional volvía a restringir el ocio nocturno el martes, como consecuencia del repunte de contagios por covid entre la población de 15 a 30 años. Otea insiste en desvincular esta 'ola joven' de la hostelería de la noche.
«La situación del sector es insostenible y los perjuicios económicos, irreparables», alegó Otea para pedir «medidas cautelarísimas» frente a las nuevas restricciones del Principado. Pero la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA considera, al amparo de la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo, que en el análisis de una decisión como ésta es «indudable preponderancia el interés general de protección de la salud».
O lo que es lo mismo: «No puede prevalecer la urgencia frente a la protección de la sanidad pública, que la resolución recurrida se dirige a preservar». Por eso, se deniega su suspensión cautelarísima, pero «sin perjuicio de reconducir» el recurso de Otea «como cautelar ordinario». Eso sí, el TSJA reduce a la mitad el plazo máximo de diez días que, en dicho supuesto, suele concederse a la parte recurrida para que formule alegaciones.
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Entretanto, la situación para el ocio nocturno permanece como está; es decir, se mantiene la restricción que no permite la actividad dentro de los locales de copas, sino solo en el exterior. Una situación que para los hosteleros es «como estar cerrados», porque choca con las ordenanzas municipales de terrazas y ruidos.
Actividad de día en Gijón
Aun así, para el TSJA «no cabe apreciar irreparabilidad del perjuicio cuando se alega que tiene carácter económico». Es más, «ante la trascendencia de la medida y el hecho de que se hayan alegado fundamentalmente perjuicios económicos, deben considerarse en particular la vida y salud de la población». No obstante, el TSJA advierte de que «la vía indemnizatoria es perfectamente posible».
El auto del alto tribunal asturiano se hacía público ayer, tan solo veinticuatro horas después de que Otea impugnase las restricciones de la Consejería de Salud. Paralelamente los ayuntamientos han empezado a mover ficha. El jueves Oviedo aprobaba una resolución para permitir que los locales de copas abran de día en lugar de por la noche, como un negocio más de hostelería o restauración. Ayer, el ayuntamiento de Gijón hacía lo mismo.