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El gobierno regional es quien debe autorizar la reapertura de este tipo de establecimientos en la última fase de la desescalada.
Bares y discotecas: así será el nuevo ocio nocturno

Bares y discotecas: así será el nuevo ocio nocturno

Se fijan medidas como la limitación de aforo, el acceso escalonado, la colocación de mamparas protectoras y la recomendación de utilizar vasos desechables o, en su defecto, lavar la vajilla a más de 80 grados

EL COMERCIO

Gijón

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Jueves, 4 de junio 2020

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El siguiente paso de la desescalada del confinamiento por el coronavirus contempla la reapertura de los espacios de ocio nocturno como bares o discotecas, aunque el Ejecutivo nacional ha subrayado que «no es prudente» permitir su vuelta antes de que finalice el plan de desconfinamiento. No obstante, la decisión final sobre el regreso a estos establecimientos debe tomarla el gobierno de cada comunidad que inicie esta etapa.El Principado de Asturias comenzará la última fase de la desescalada el próximo lunes, 8 de junio, fecha en la que los clientes podrían volver a pubs y discotecas, si el Ejecutivo de Adrián Barbón lo autoriza. Eso sí, los establecimientos de ocio nocturno que abran durante la fase 3 de la desescalada deben cumplir una serie de requisitos establecidos por el Gobierno nacional orientados a evitar el contagio de la covid-19.

Además, cada empresa de ocio nocturno debe elaborar su propio plan de contingencia que recoja las medidas que se van a adoptar para reducir el riesgo de contagio. También se establecerán los protocolos para proteger tanto a trabajadores como a clientes, prestando especial atención a las zonas de acceso, a los espectáculos y animación, a las instalacines fijas y eventuales, a la seguridad en las salas y a las zonas de aseos. Asimismo, debe determinar e implantar un protocolo de actuación en el caso de que un empleado o visitante muestre sintomatología compatible con la covid-19.

  1. Trabajadores

  1. 1.

    Distancia social

Los bares, discotecas o cualquier otro establecimiento de ocio nocturno debe garantizar que sus empleados cumplan la distancia de seguridad. Si no es posible garantizar el distanciamiento social, se tomarán medidas alternativas para evitar el riesgo de contagio por contacto. Si la actividad se realiza por turnos de trabajo, deben planificarse siempre que sea posible de forma que se concentren los mismos empleados en los mismos grupos de turnos.

Los empleados también deben evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano, tanto al resto de personal como a clientes.

  1. 2.

    Vestuarios

Si el personal precisa cambiarse de ropa, debe habitilarse un espacio que permita también asegurar dicha distancia interpersonal o establecer el aforo máximo de los vestuarios de personal, si los hubiere.

  1. 3.

    Personas de riesgo

Se debe identificar a los trabajadores especialmente sensibles al riesgo de contagio por el coronavirus, a la hora de reevaluar sus puestos de trabajo para adecuar las medidas preventivas necesarias según el caso.

  1. 4.

    Higiene

La empresa ha de facilitar a los empleados el lavado de manos con agua y jabón o el uso de solución desinfectante, así como tiempos y medios para la correcta higiene de manos. Además, debe difundir pautas de higiene con información completa, clara e inteligible sobre las normas de higiene a utilizar en el puesto de trabajo, antes, durante y después del mismo

Por otra parte, si no puede asegurarse la desinfección del método de control horario con contacto se imprementará uno que evite el uso de una misma superficie por parte de distintos empleados.

Además, debe disponerse de jabón y desinfectante en la barra para que los empleados realicen una correscta higiene de manos de forma frecuente.

  1. 5.

    EPI

Se debe proporcionar a los empleados los EPI adecuados conforme a los resultados de la evaluación de riesgos laborales y los trabajadores deben formarse sobre el correcto uso y mantenimiento de mascarillas, guantes y EPI que utilicen.

  1. En el local

  1. 6.

    Control de temperatura

Disponer de un termómetro sin contacto es otro de los requisitos establecidos por el Gobierno para la reapertura de este tipo de negocios.

  1. 7.

    Ventilación

El establecimiento debe ventilarse de forma diaria por espacio de 5 minutos y con mayor frecuencia siempre que sea posible, de los distintos espacios del establecimiento de ocio nocturno.

Además, se asegurará una correcta renovación del aire de los espacios. Debido a la dificultad de disponer de una correcta ventilación natural, se deben ajustar los sistemas de climatización y extracción de aire de los locales para aumentar el número de renovaciones por hora o el porcentaje de aire limpio exterior (28m³/s), de forma que se evite en lo posible la recirculación del aire (trabajando así con el máximo porcentaje de aire limpio exterior que sea posible).

  1. 8.

    Aseos, desinfectante y métodos de desecho

Los aseos de los locales de ocio nocturno deben cumplir una serie de requisitos:

- Debe definirse la capacidad de los aseos garantizando la distancia de seguridad, así como establecer una sistemática para controlar la afluencia de clientes a esta zona.

- Los aseos deben contar con dispensador de jabón y papel de secado o secador de manos. Se deben evitar las toallas y limpiarse al menos seis veces por jornada.

- Se debe asegurar la reposición de consumibles como jabón o papel de secado.

Además, si el local dispone de extractor en los aseos, debe mantenerse en funcionamiento si esto es posible.

Por otra parte, se contará con dispensadores con solución desinfectante para uso del cliente en distintos puntos del local, sobre todo en aquellos de mayor concurrencia de clientes (accesos, servicio de guardarropía, barras, etc.)

Además, los establecimientos deben instalar papeleras y cubos de basura de accionamiento no manual y bolsa interior. Se recomienda mantener la temperatura del local entre 23 y 26ºC.

  1. 9.

    Medidas informativas

Los establecimientos deben informar a los clientes de las condiciones de servicio y medidas de prevención establecidas mediante cartelería y otros canales de comunicación como las redes sociales o las confirmaciones de reserva. El cumplimiento de estas directrices forma parte de las condiciones de admisión.

Como parte de las medidas informativas, deben marcar las distancias de seguridad a través de indicaciones en el suelo u otras medidas alternativas. Además, se debe establecer con señalización direccional la entrada y salida.

También debe colocarse información sobre centros de asistencia sanitaria y hospitales cercanos, así como teléfonos de emergencia.

  1. En las terrazas

  1. 10.

    Mobiliario, aforo y EPI

- Se establecerá la forma de controlar que el cliente no haga uso arbitrario de mesas y sillas con el fin de que puedan desinfectarse entre un cliente y otro. En este sentido, se mostrará cartelería informando al cliente de estas pautas. La gestión de la terraza y la dispensación de las consumiciones se realizará por los empleados, evitando los desplazamientos del público al interior.

Se utilizará el equipo de protección individual adecuado para la realización de este servicio por parte del personal.

Se evitará disponer de elementos de uso común en terrazas (carta, servilletero, azucareros, saleros, etc.). Además, se contará con doble puerta de acceso al local y se retirará, limpiará y desinfectará diariamente el mobiliario.

  1. Clientes

  1. 11.

    Aforo, métodos de pago

Deberá establecerse la ocupación máxima del local de forma que se permita respetar la distancia de seguridad entre clientes, y determinar los métodos de control para asegurar que estos aforos de seguridad no se superen.

- Se fomentarán los pagos por medios electrónicos, preferiblemente contactless. La TPV debe desinfectarse tras cada uso.

  1. 12.

    Acceso y admisión

El acceso al establecimiento será escalonado. El personal que realice la tarea de admisión y control de ambiente interno deberá mantener la distancia de seguridad con los clientes, pudiendo establecerse un mecanismo de distanciamiento como cintas de seguridad o la instalación de barreras físicas, como mamparas. Además, deberá disponer de protección respiratoria, pantalla facial y cualquier otro EPI de acuerdo al resultado de la evaluación de riesgos.

Deben instalarse mamparas o elementos físicos de separación que aseguren la protección del personal de las taquillas y accesos, de fácil limpieza y desinfección, siempre que no se pueda garantizar la distancia mínima seguridad. Los mostradores deben limpiarse y desinfectarse de forma periódica.

Los flujos de entrada y salida deben permitir mantener los niveles de ocupación bajo control.

El personal de admisión y controlador de ambiente interno es responsable de la aplicación por parte del público de las medidas preventivas en el local, de controlar que no se exceda la capacidad del local, así como de impedir el acceso a las personas que no cumplan con las condiciones de admisión o de control de ambiente interno e invitarlas a desalojar el local.

  1. 13.

    En la barra

El personal debe lavarse las manos con agua jabón frecuentemente durante el servicio, y, en caso de que esto no sea posible, utilizar solución desinfectante. Debe disponerse de jabón y desinfectante en barra para este fin.

Los empleados que trabajen en la barra deben mantener la distancia de seguridad con respecto a los clientes. Para ello se pueden establecer barreras físicas de separación como mamparas. Además, utilizará aquellos EPI que se determine en la evaluación de riesgos, como mascarillas o máscaras faciales.

  1. 14.

    Vajilla

Se recomienda el uso de vasos desechables. Si se opta por vasos o vajilla no desechable, debe asegurarse la desinfección a al menos 80ºC.

  1. 15.

    Distanciamiento entre clientes

Deberán establecerse las posiciones a ocupar por los clientes en barra de forma que se eviten aglomeraciones y se garantice la distancia de seguridad entre los mismos.

Los productos expuestos, en barra, en su caso, deberán estar convenientemente protegidos hacia el cliente y hacia el empleado.

  1. 16.

    Servicio de restauración

Los establecimientos de ocio nocturno que presten servicios de restauración deben cumplir con las «Medidas de reducción del contagio por el coronavirus SARS-Cov-2 en servicios de restauración» (ICTE, 2020).

  1. 17.

    Guardarropa y aparcacoches

La zona de guardarropa debe contar con un dispensador de solución desinfectante y mampara protectora. El personal de este servicio desinfectará sus manos de forma frecuente y utilizará los equipos de protección individual que se determinen tras la evaluación de riesgos.

Las prendas de los clientes deben protegerse con fundas desechables para evitar el contacto directo entre las mismas y asegurar su higiene. El personal entregará una bolsa al cliente para que este introduzca sus prendas en la misma y la devuelva al personal.

Debe evitarse la manipulación de vehículos de clientes por parte del personal si no puede prestarse el servicio en condiciones de seguridad.

  1. 18.

    Reservados

Se recomienda a los establecimientos de ocio nocturno fomentar actividades que eviten aglomeraciones, como con la utilización de reservados, organización de eventos o celebraciones sociales de acceso restringido, siempre teniendo en cuenta las disposiciones de las autoridades sanitarias respecto a la celebración de eventos grupales. Igualmente, se deberán establecer las medidas oportunas para el control de aforo previamente definido.

  1. 19.

    Espectáculos

Cuando la Comunidad Autónoma permita la celebración de eventos, deben diseñarse y planificarse atendiendo al resultado de la evaluación de riesgos. Debe determinarse la capacidad del local de forma que se respete la distancia de seguridad mínima interpersonal. En caso contrario, se deberá utilizar mascarilla.

Las actividades de espectáculo y animación se realizarán al aire libre siempre que sea posible y se evitará el intercambio de objetos. Deben desinfectarse los elementos que se hayan utilizado al finalizar la actividad.

De forma concreta y respecto al personal artístico:

- Se garantizará en todo momento la distancia de seguridad entre público y artistas

- Si hay actuaciones en escenarios, las medidas del mismo determinarán el número de miembros máximo que puede conformar el grupo artístico sobre dicho escenario (de forma que se pueda mantener la distancia de seguridad).

- En cada cabina habrá una sola persona (DJ).

- Se facilitará el acceso al personal artístico a camerinos o vestuarios individuales o espacios específicos y de descanso de tamaño suficiente para garantizar distancia interpersonal.

- Se utilizarán enseres de maquillaje, peluquería y vestuario de uso individual (a menos que se pueda garantizar su limpieza y desinfección tras su uso).

- Se limpiarán y desinfectarán los equipos de sonido y desinfección de microfonía después de cada actuación si son propiedad del parque.

- El montaje y desmontaje de escenario, equipamiento de iluminación y sonido, se realizará sin público y utilizando los EPI que determine la evaluación de riesgos.

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