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Susana Fernández, dependienta de La Gijonesa, firma la hoja del control de jornada.
El control horario también es obligatorio para quienes trabajen fuera de sus empresas

El control horario también es obligatorio para quienes trabajen fuera de sus empresas

El Gobierno advierte de que la Inspección actuará porque «nadie se ha tomado en serio» los fichajes en el trabajo

LAURA CASTRO

GIJÓN.

Martes, 14 de mayo 2019, 04:04

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¿Quién debe fichar obligatoriamente a la entrada y salida del trabajo y quien queda exento? Esta es una de las principales dudas que suscitó la normativa aprobada por el Gobierno el 8 de marzo y que entró en vigor el pasado domingo encaminada a acabar con las jornadas laborales abusivas. A pesar de que el Ministerio de Trabajo insiste en señalar que contar con un horario laboral y unas horas extra medidas no es nada nuevo, lo cierto es que la aplicación de la nueva norma está siendo especialmente complicada.

Por eso, ante la amplia variedad de perfiles laborales, las circunstancias que rodean la actividad de cada empresa y la creciente posibilidad de trabajar fuera de una sede o instalación, el departamento que dirige Magdalena Valerio publicó ayer una guía para orientar a las empresas y a los trabajadores a la hora de cumplir con la nueva ley. Hay una premisa clara: prácticamente todos los trabajadores españoles están obligados a fichar y, por ende, todas las compañías deberán poner en marcha un sistema de control horario de las jornadas de todos y cada uno de los miembros de su plantilla.

Para evitar interpretaciones erróneas, el texto señala explícitamente los perfiles que deben fichar y aquellos casos que quedan exentos. De esta forma, especifica que quienes realizan labores «a distancia», aquellos que «teletrabajan» o quienes tienen «horarios flexibles» están obligados a registrar su jornada laboral. En este campo no solo se encuentra un buen número de empleados, sino que la evolución del mercado laboral es cada vez más proclive a incentivar este tipo de relaciones profesionales en las que no se precisa la presencia física de un trabajador en la oficina, por ejemplo. Se trata de comerciales que se desplazan durante su horario, profesionales que pueden desarrollar su trabajo desde un ordenador portátil o ciudadanos cuyas empresas les permiten trabajar desde casa para poder conciliar con su vida familiar, entre otros muchos casos.

Para todo estos casos, el fichaje «deberá ponderarse y globalizarse» a la hora de contabilizar el tiempo de trabajo «efectivo» cuando supere los plazos establecidos en el contrato correspondiente. El Ministerio pone como ejemplo el de trabajadores que superen su jornada laboral unos determinados días, quienes deberán analizar los registros del resto de días para cumplir la jornada mensual ordinaria.

Y para efectuar el registro, el departamento de Valerio contempla prácticamente todos los sistemas: con papel y bolígrafo, con tarjeta, con huella dactilar, de forma telemática...

No obstante, contempla algunas excepciones. Ni los altos directivos, ni los socios de cooperativas, ni los perfiles que tienen relaciones laborales de carácter especial, según determina el artículo 2 del Estatuto de los Trabajadores -servicio de hogar, deportistas o artistas, por ejemplo- deben fichar. Incluso se incluye en este apartado a los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.

«Genera más problemas»

El Ministerio de Trabajo aseguró ayer estar «sorprendido por la alarma social generada» por una norma que «únicamente reafirma la obligación de las empresas de controlar la jornada efectiva de trabajo» que está contemplada en el Estatuto de los Trabajadores. Además, la ministra recordó que «ha habido dos meses para planificar» cómo aplicarla. Valerio lamentó que «nadie se lo ha tomado en serio» y lanzó una advertencia: «Las empresas tienen que cumplir la ley porque desde luego la Inspección de Trabajo va a actuar».

Sin embargo, sí abrió la mano a cierta permisividad en el caso de que, aunque el sistema de registro no esté instalado, se estén llevando a cabo los trámites necesarios para implantarlo. Se refiere al proceso de diálogo que se tiene que abrir entre empresa y sindicatos para fijar el método más adecuado para cada negocio, tal y como establece la ley, que es excesivamente genérica y deja en manos de la negociación colectiva el desarrollo del mismo, algo que ha generado un gran desconcierto en las pequeñas empresas, que son un 95% del total.

«Si la inspección llega a una compañía que está en fase de negociación, se dará margen de maniobra dentro del respeto a la ley», prometió Valerio, quien, no obstante, dejó claro que «la moratoria no puede ser sine die» porque el registro de jornada se aprobó en un real Decreto Ley, lo que implica que su implantación es de extrema gravedad.

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